ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF
Recordamos que a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF.
- Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente.
La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina s de ANSeS y hasta el día 30 de junio de 2008 las siguiente documentación:
a) Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) detallando la nómina de los trabajadores (Apellido y Nombre y Nº de CUIL) que han optado por percibir la Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria (CBU), adjuntado por cada uno de ellos la constancia emitida por el banco o copia del extracto bancario donde conste CUIL o DNI, apellido y nombre y Nº de CBU correspondiente o en su defecto, la boca de pago (ver listado disponible en la página de ANSeS www.anses.gov.ar HYPERLINK) o la provincia y Código Postal del lugar elegido para el cobro por cada trabajador.
b) Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) en la que in formen los datos que enumeramos a continuación, en caso del personal comprendido dentro de la Resolución 344/05 (trabajadoras que se encuentren o inicien licencia por maternidad) en el mes del ingreso formal al SUAF, se le debe seguir pagando por medio del sistema compensador hasta la finalización de la licencia.
- CUIT de la Empresa
- Razón Social
- Nº de CUIL, Apellido y Nombre de la trabajadora
- Tipo de Licencia (maternidad o maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa al SUAF
- Periodo y montos ya abonados
- Periodos o montos a abonar (desde el mes de la incorporación en adelante)
c) IMPORTANTE recordar que las empresas no serán notificadas de su incorporación al SUAF al producirse la incorporación masiva, así fue establecido por la Resolución Nº 670/07 de ANSeS.
d) Es condición NECESARIA para que los trabajadores puedan percibir las ASIGNACIONES FAMILIARES a través del sistema SUAF que:
- Los empleadores presenten en tiempo y forma las Declaraciones Juradas de Seguridad Social Formulario 931 a la AFIP.
- Que declaren a sus trabajadores y sus cargas de familia a través del sistema de la AFIP, opción MI SIMPLIFICACIÓN.
Si bien se había hablado de una posible prorroga en el procedimiento hasta el momento no existe.
- Aquellas empresas incorporadas al SUAFF
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37 respuestas a “ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF”



Octubre 7, 2008 at 2:17 pm
Hola Monica:
Se puede cambiar la boca de pago tenes que ir a ANSeS y pregunta ahi el formulario para que lo cobre el representate, se puede
gracias
Octubre 7, 2008 at 12:59 pm
Hola: quisiera saber si para cobrar la asignacion por hijo a traves de la boca de pago, lo puede ser un apoderado(conyuge), en caso de ser asi con que formulario se hace. Además, se puede cambiar la boca de pago?.
Muchas gracias.
agradecere una pronta respuesta
Septiembre 26, 2008 at 9:01 am
Hola Carlos:
No se paga mas hace bastante.
gracias
Septiembre 25, 2008 at 6:17 pm
QUERIA SABER ALGO SOBRE LA ASIGNACION ANUAL DE VACACIONES SI SE SIGUE PAGANDO
Septiembre 17, 2008 at 3:08 pm
Hola Luis:
ahora cuando lleves la nota y los formularios por la incorporación al SUAF, agrega en la nota lo de la empleada embarazada y cobrando prenatal, lleva tambien el certificado medico qu ete presento pero vos quedate con una copia que te la legalicen cuando la reciben. Cuando nace el bebe la trabajadora como cualquier otro trabajador tiene que lelvar los certificados a ANSeS con copia para el empleador, ya que se tiene que actualizar Mi Simplifación y necesitas los datos.
gracias
gracias
Septiembre 17, 2008 at 12:00 pm
Hola, mi pregunta es la siguiente:
Nuestra empresa ingresa al SUAFF en Octubre, actualmente tenemos una trabajadora que esta cobrando prenatal, para que ella siga cobrando el prenatal y la licencia por maternidad, que documentacion tiene que presentar en Anses y que en la empresa.
Muchas Gracias
Septiembre 13, 2008 at 12:52 pm
Hola Cinthia:
Tengo entendido que ANSeS paga con un promedio de los sueldos pasados por el empleador, pero tendrias que preguntar en la oficina de personal que te den algun comprobante del aumento y llevarlo a ANSeS.
Actualmente tenes que llevar la fotocopia de nacimiento a tu empresa para que actualice los datos y a ANSeS aveces no es necesario ya que cuando lo inscribis se actualiza pero no siempre es así.
gracias
Septiembre 12, 2008 at 7:30 pm
Hola Graciela, mi pregunta es la siguiente.
Yo estoy de licencia x maternidad y ya cobrè 2 meses por parte del anses y me falta el ùltimo mes, correspondiente al mes de agosto. como el anses paga el 20 del mes siguiente todavia no lo cobre. el tema es que en mi empresa me dieron un aumento + la incorporaciòn del 10% de los tickets canasta en el sueldo. mi pregunta es como se entera el anses del aumento y del 10% màs que deberìa cobrar de sueldo x la incorporaciòn de los tickets? si no me pagan lo que corresponde, tengo que ir al anses a hacer el tramite?
otra cosa, para cobrar la asignaciòn x hijo, tengo que tramitar el cuil del bebè?
que pasa si mi sueldo es mayor del tope? lo tengo que hacer igual aunque no vaya a cobrar nada?
gracias!!
Cynthia
Julio 29, 2008 at 2:06 pm
Hola Rodrigo:
Que quisiste poner cuando pusiste un comentario TEATRO solamente. No recuerdo que tipo de licencia es la que cobraste pero si te la pago la empresa te la tiene que seguir pagando la empresa. Que papeles queres presentar? Cuando vuelvas a pregunatr hacelo poniendo todos los datos, ya que debido a la gran cantidad de contestaciones me es imposible juntar comentario para responder.
gracias
Julio 28, 2008 at 7:33 pm
HOLA GRACIELA, QUERIA CONTARTE QUE AL FINAL ME DEPOSITARON EL SUELDO ELLOS, DESPUES DE DISCUTIR ME LO DEPOSITARON EL DIA 14 CUANDO TENIA QUE COBRAR EL DIA 5, ESO HIZO QUE ME ATRASARA CON EL PAGO DEL ALQUILER DE MI CASA ETC. PERO BUENO POR SUERTE, ME PAGARON AHORA QUISIERA SABER QUE PAPELES TENGO QUE PRESENTAR EN ANSES PARA QUE LAS ASIGNACIONES ME LAS PAGUEN AHI, EL DIA 31 YA SE TERMINA MI LECENCIA,
GRACIAS, LAURA.
Julio 28, 2008 at 7:25 pm
TEATRO
Julio 15, 2008 at 4:16 pm
Hola Luz Souto.
Si la hija es mayor de 18 años no puede, salvo que sea discapacitada.
gracias
Julio 15, 2008 at 3:15 pm
Buenas tardes, quería consultar sobre un tema de asignaciones familiares. Es un caso de una señora que tiene cuatro hijos tres menores y un ade 18 años la cual tiene un hijo de 2 años.
La señora puede iniciar la tutela judicial de su nieto de 2 años para cobrar la asignación familar aunque madre del niño tenga 18 años de edad? Gracias.
Julio 10, 2008 at 7:43 pm
Hola rodrigo:
Despues si queres contame el resultado.
gracias
Julio 10, 2008 at 4:40 pm
Graciela gracias por el acesoramiento, ya hable con la contadora de mi empleadora y quedaron en contestarme.
Julio 10, 2008 at 11:48 am
Hola Señora de Rodrigo:
Habla con tu empleador que se asesoren pero si ellos te lo estaban pagando te lo tiene que terminar de pagar ellos, asi lo dice el comunicado de ANSeS.
gracias
Julio 10, 2008 at 11:46 am
Hola Gustavo:
Si es una gratificación extraordinaria no se tiene en cuenta para el aguinaldo.
gracias