Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio.
El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner los datos de la trabajadores y cargar la Situación de Revista prevista para cada caso:
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Situación de revista para la trabajadora con licencia maternidad “5”
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Situación de revista para la trabajadora con licencia Maternidad Down “11”
Como ANSeS liquida las Asignaciones a los 60 (sesenta) días posteriores al vencimiento tiene tiempo de pagar el sueldo notificado por la empresa con el aplicativo
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cuando estuve de licencia anses me pago la mitad de lo que tendria que haber cobrado segun mi sueldo, segun ellos es porque sale automaticamente por sistema y hacen un promedio de los ultimos 3 meses, segun anses es responsabilidad de la empresa y segun la empresa es de anses la cuestion es que ya pasaron casi dos años y me tienen con vueltas y de la plata que me deben nadie se hace cargo.
a quien le debo reclamar?? debo iniciar acciones legales???
estuve de liciencia por maternidad, en la empresa hubieron aumentos que anses no los tuvo en cuenta al momento de depositarme el sueldo..
quien debe pagar esas diferencias el empleador o el anses?
el aguinaldo tampoco lo deposito el anses, a quien le corresponde el pago???
gracias.
Hola Silvana… te comento que yo salí de licencia por maternidad en enero, y en Marzo me abonaron el proporcional de enero. Así que si saliste de licencia en febrero… ajustá el bolsillo porque te depositan en Abril (independientemente de la terminación de tu DNI cobrás el primer día de la fecha de pago, es decir, con los que tienen terminación 0 y 1). Ansés paga siempre los haberes con 2 meses de retraso (te pagarán en bruto el proporcional de febrero, ya que tu empleador debe pagarte el tiempo trabajado).
Espero haber aclarado tu duda.
HOLA!
MI NOMBRE ES MARINA Y TENGO VARIAS PREGUNTAS PARA REALIZAR.
1- A QUIEN LE CORRESPONDE REALIZAR LOS APORTES JUBILATORIOS Y DE OBRA SOCIAL DURANTE EL PERIODO DE LICENCIA POR MATERNIDAD?
2- EN ANSES ME DIJERON QUE VOY A COBRAR EL MONTO DE MI SUELDO BRUTO. QUE PASA CON EL MONTO QUE COBRO POR ANTIGUEDAD?
3- EN MI TRABAJO ME DIJERON QUE VOY A PERCIBIR EL AGUINALDO EN FORMA PROPORCIONAL, DEBIDO A LOS TRES MESES DE LICECIA POR MATERNIDAD. ESO ES CORRECTO?. NADIE ME VA A PAGAR ESA DIFERENCIA?
AGUARDO UNA RESPUESTA
GRACIAS
Hola mi nombre es Marcelo, mi Señora esta gozando la licencia por maternidad. ANSES le pagará los haberes remunerativos solamente. ¿Es obligación del empleador abonar los haberes no remunerativos definidos por el Convenio de Empleados de Comercio?. ¿Cual es la normativa que define la obligación del empleador de pagar los Haberes NO Remunerativos?.
Gracias