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Empleados de Comercio: Planilla Excel Liquidar mes de Mayo de 2012

A partir del 1º de mayo de 2012 los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, recibieron un aumento salarial del 24%, firmado en el Ministerio de Trabaja. Si bien aún no fue homologado en el decimoséptimo punto  aclara que se deberá abonar igual, bajo la denominación de “Pago Anticipo a Cuenta del Acuerdo Colectivo Mayo 2012”. Para facilitar la tarea de nuestro usuarios publicamos una planilla Excel para liquidar los haberes, con del mes pasado. Ponemos a vuestra disposición una planilla Excel para liquidar mes de mayo de 2012 para los Empleados de Comercio. Los básicos a utilizar para la liquidación son los que se encuentran en la página Web del sindicato Federación […]

A partir del 1º de mayo de 2012 los Empleados de Comercio encuadrados dentro del Convenio Colectivo de Trabajo, CCT, Nº 130/75, recibieron un aumento salarial del 24%, firmado en el Ministerio de Trabaja. Si bien aún no fue homologado en el decimoséptimo punto  aclara que se deberá abonar igual, bajo la denominación de “Pago Anticipo a Cuenta del Acuerdo Colectivo Mayo 2012”. Para facilitar la tarea de nuestro usuarios publicamos una planilla Excel para liquidar los haberes, con del mes pasado.

Ponemos a vuestra disposición una planilla Excel para liquidar mes de mayo de 2012 para los Empleados de Comercio. Los básicos a utilizar para la liquidación son los que se encuentran en la página Web del sindicato Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios, FACEyS, “Escala Salarial junio 2011 Abril 2012”.

La recomendación para realizar la liquidación es de que primero la planilla Excel se baje a la computadora y se observe el ejemplo cargado, se trata de un Empleado de Comercio con Categoría Administrativo “A” con tres (3) años de antigüedad, en los casos en que no coincidan los datos a liquidar con el aquí planteado, solamente se deberán modificar unas pocas celdas de la planilla de cálculo.

Recordamos que los básicos a utilizar para la liquidación se obtienen de la página del sindicato “Escala Salarial Junio de 2011-Abril-2012”, haciendo clic AQUI.

Solamente para cuando el recibo a liquidar no concuerde con los del ejemplo se deberán modificar las siguientes celdas:

  • Celda E-12 corresponde al básico de la categoría que se  puede obtener de AQUI.
  • Celda C-12 corresponde la categoría del trabajador.
  • Celda C-13 corresponde poner la cantidad de años de Antigüedad en la Empresa.

Como podrán ver el procedimiento es muy fácil y no se requiere tener mayores conocimientos en liquidación de Sueldos y Jornales, solamente debe tener en cuenta que debe bajar los básicos de la página Web del sindicato FACEyS, “Escalas Salarial junio 2011- Abril 2012”, para modificar la celda E-12.

Quedamos a la espera de su comentario o consulta para saber si la planilla Excel publicada te es de utilizad y fácil manejo.

Bajar Planilla Excel Liquidación Empleados de Comercio mes de Mayo de 2012.

26 comentarios en “Empleados de Comercio: Planilla Excel Liquidar mes de Mayo de 2012”

  1. Ok Graciela gracias como siempre.
    Yo tengo una caso de maternidad que empieza en junio. Voy a seguir lo que venis marcando en otros mensajes.
    Todo lo no remunerativo que corresponde al periodo de licencia pasa a remunerativo automaticamente. En el caso del ultimo acuerdo de comercio como la licencia arrance en junio y llega septiembre solo va la primer parte del aumento como remunerativo ¿es correcto?.

    1. Inés

      Ok Una vez que lo pasas a Remuenrativo no vuelve a no remuenrativo, o sea cuando ingrese a trabajar no podes ponerle No Remunerativo el primer tramo en este caso al segundo de noviembre Si. Luego voy a hacer un articulo ya que fui a una charla informativa

  2. Hola Graciela:
    Se homologó el acuerdo de comercio 13-06-2012 resolucion 829/12 ST.
    ¿PUEDO PAGAR CON EL SUELDO DE JUNIO EL RETROACTIVO A MAYO? y los aguinaldos sí como corresponde por que todavía no se pagaron.
    Espero como siempre tu ayuda.
    Gracias….

  3. Hola Graciela, soy administrativa B, jornada completa. Estoy con licencia por maternidad. Queria saber si Anses paga el aumento de comercio o me lo tiene que liquidar la empresa, ya que cobre en Mayo bastante menos que en abril, y además sin el aumento de mayo. Muchas gracias, un cordial saludo.

    1. Andrea

      Teens que reclamar en ANSES reclaar hasta que te paguen lo que corresponde. Tu sueldo bruto con la parte No Remunerativa y el aumento. El empleador tiene que haber completado correctamete el formulario 931 condicion tuya Codigo 05 y monto que ANSES te tiene que pagar. Pregunta a tu empleador si cumplio y luego reclama

  4. Hola.
    Quisiera saber los casos que estan pro maternidad, se liquida el aumento ocmo no remunerativo y lo reconoce la empresa?
    o directamente se incorpora como reeunerativo en el 931 y lo paga Anses?

    Otra cosa, es cierto que se descuenta el 3 % de Obra social a los que tengan Osecac? y al resto solo s ele descuenta el 2.5 % sec y faecys? es decir si tiene una OS distinta a Osecac, no se le descuenta ese 3 %?
    Gracias.

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