Titular del fondo de desempleo de Anses

ANSES: Dar de Baja el Fondo de Desempleo

Los trabajadores en relación de dependencia que por cualquier causa ajenas a él son despedidos por su empleador deben gestionar el cobro del Fondo de Desempleo en una dependencia de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, previo sacar el respectivo turno. Pero lo que es también muy IMPORTANTE que se se llegase a reincorporar a un nuevo empleo deberá dentro de los cinco días hábiles la suspensión del beneficio. El beneficiario del cobro de la Prestación por Desempleo dentro de los cinco días hábiles de incorporarse a un nuevo trabajo ya que de no respectar dicho plazo legal, se le cobrará un recargo  entre el 10% y el 20% de la cuota cobrada. Cuando ANSES observa el  cruce […]

Los trabajadores en relación de dependencia que por cualquier causa ajenas a él son despedidos por su empleador deben gestionar el cobro del Fondo de Desempleo en una dependencia de la Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, previo sacar el respectivo turno. Pero lo que es también muy IMPORTANTE que se se llegase a reincorporar a un nuevo empleo deberá dentro de los cinco días hábiles la suspensión del beneficio.

El beneficiario del cobro de la Prestación por Desempleo dentro de los cinco días hábiles de incorporarse a un nuevo trabajo ya que de no respectar dicho plazo legal, se le cobrará un recargo  entre el 10% y el 20% de la cuota cobrada.

Cuando ANSES observa el  cruce de información con los aportes previsionales descubre que l apersona comenzó a trabajar, cobrando la liquidación del Fondo de Desempleo y sin haber informado tal situación al organismo.

Si el beneficiario realiza la comunicación a ANSES después del quinto día hábil le corresponde el 10% y, si al momento de efectuarse, la Prestación por Desempleo se encuentra en el estado “Suspensión por Probable Percepción indebida”, corresponde el 20%.

139 comentarios en “ANSES: Dar de Baja el Fondo de Desempleo”

  1. Buenos dias, queria consultar, yo estaba cobrando el fondo de desempleo y consegui nuevo trabajo, pero no gestione la baja del fondo de desempleo.- Mi duda es la siguiente yo si bien no gestione la baja cuando empece a trabajar no me presente mas a cobrarlo; es de decir yo me presente a cobrar el fondo hasta febrero y en marzo como empece a trabajar no me presente a cobralo, igual corresponde la multa, porque yo no cobre efectivamente el fondo cuando estuve trabajando.- Espero la respuesta, gracias

  2. hola resulta q estoy cobrando el fondo de desempleo este seria mi 2 mes…y me eh inscripto en monotributo para empezar a trabajar…q todavia no a sucedido eh tirado curriculum pero no me an llamado que ago puedo cobrar ese fondo?

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