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Guía para inscribirme en la AFIP como Responsable Inscripto

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, considera contribuyentes alcanzados por el Régimen General o Responsables Inscriptos a aquellos alcanzados por cualquiera de los tributos: Impuesto a las Ganancias; Impuesto al Valor Agregado IVA, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y todo otro impuesto nacional que sea recaudado y fiscalizado por la AFIP. También comprende a los empleadores y a los trabajadores autónomos. Las personas físicas que necesiten darse el alta como Responsable Inscripto al Régimen General deberán primero  dirigirse a la dependencia de AFIP que le corresponde de acuerdo a su domicilio fiscal y obtener el número de CUIT con el formulario 460/F el mismo, se puede bajar de la parte inferior del articulo, y completarlo en la misma […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, considera contribuyentes alcanzados por el Régimen General o Responsables Inscriptos a aquellos alcanzados por cualquiera de los tributos: Impuesto a las Ganancias; Impuesto al Valor Agregado IVA, Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta y todo otro impuesto nacional que sea recaudado y fiscalizado por la AFIP. También comprende a los empleadores y a los trabajadores autónomos.

Las personas físicas que necesiten darse el alta como Responsable Inscripto al Régimen General deberán primero  dirigirse a la dependencia de AFIP que le corresponde de acuerdo a su domicilio fiscal y obtener el número de CUIT con el formulario 460/F el mismo, se puede bajar de la parte inferior del articulo, y completarlo en la misma computadora, por duplicado.

Deberá concurrir personalmente y acompañar el formulario de Inscripción Nº 460/F con su Documento Nacional de Identidad, DNI y dos de las siguientes constancias de domicilio:

  • Certificado de domicilio expedido por autoridad policial.
  • Acta de constatación notarial.
  • Fotocopia de alguna factura de servicio público a nombre del contribuyente o responsable.
  • Fotocopia del título de propiedad o contrato de alquiler o de «leasing», del inmueble cuyo domicilio se denuncia.
  • Fotocopia del extracto de cuenta bancaria o del resumen de tarjeta de crédito, cuando el solicitante sea el titular de tales servicios.
  • Fotocopia de la habilitación municipal o autorización municipal equivalente, cuando la actividad del solicitante se ejecute en inmuebles que requieran de la misma.

La AFIP cuando considere necesario por tratarse de un caso especial o en que  las  circunstancias particulares lo justifiquen, podrá requerir y/o aceptar otros documentos o comprobantes que, a su criterio, acrediten fehacientemente el domicilio fiscal denunciado.

Todos los formularios deben llevarse en original y fotocopia. Si no se posee el original las fotocopias de la documentación deberán estar suscriptas por el responsable y certificadas por escribano público, para su exhibición.

Los extranjeros que no posean documento nacional de identidad, podrán obtener el CUIT sujeto a las condiciones de la RG 3890/94 DGI, llevando en reemplazo del DNI la cédula de identidad, o del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia.

Los profesionales deberán adjuntar en original y fotocopia de la constancia de la matriculación respectiva, o fotocopia del título habilitante, en el supuesto de no requerir matriculación en el ejercicio de la profesión.

Tener en cuenta que las personas de existencia visible el domicilio fiscal será el lugar en el cual desarrollen efectivamente su actividad. En el supuesto que la actividad no se lleve a cabo en establecimientos o locales fijos o se realice en relación de dependencia, se considerará como domicilio fiscal, el domicilio real del contribuyente o responsable.

El trámite es personal pero puede ser realizado por un tercero.  Si lo hace en forma personal debe firmar el formulario ante el funcionario de AFIP, quién actuará como autoridad certificante. Si es a través de un tercero el formulario deberá contener la certificación de la firma del titular mediante intervención de entidad bancaria, autoridad policial o escribano.

La inscripción se termina de dar por Internet, ingresando a la página de la AFIP, con clave fiscal a través del servicio «Sistema Registral» en la opción «F420/T Alta de Impuestos/Regimenes»/ «Alta de Impuestos» y seleccionar aquellos en los que tiene que inscribirse, deberá ser utilizado por los sujetos que se indican a continuación:

  • Sociedades que se encuentren inscriptas y aquellas que inicien actividades.
  • Sociedades comprendidas en la Resolución General Nº 2325 (Artículo 299 de la Ley de Sociedades Comerciales)
  • Personas físicas.

Como constancia de recepción de la solicitud de alta de impuestos o regímenes, el sistema emitirá un acuse de recibo.

Fuente AFIP

Bajar Formulario Nº 460/F

92 comentarios en “Guía para inscribirme en la AFIP como Responsable Inscripto”

  1. Hola al igual que Gustavo quiero vender repuestos me debo inscribir como monotributista o responsable inscripto??? No dispongo de un local comercial. Puedo inscribirme igual????

    1. Mirna Es una decisión personal y depende de las ventas ya que para Monotributo hay topes en ambos pagas ingresos brutos y por ende contador

      1. respecto al comentario anterior… si armo computadoras y las vendo, vendiendo 10 estoy entre los 80 mil y 100 mil por mes, ya excederia los montos del monotributo, si mi ganancia neta no es la facturada?

  2. quiero vender repuestos para poder vender me tengo que inscribir para yo facturar si me va mal que hago ,no hay un tiempo de prueba ? es muy burocratico la baja ? me perjudica en algo ?

    1. HORACIO podes inscribirte en Monotributo pero también en ingresos brutos y vas a tener que ver a un contador No existe facturar a prueba

  3. Hola, voy a iniciar el rubro de transporte de cargas generales, que me conviene monotributista o responsable inscripto y como hago. Muchas gracias

    1. Gustavo Eso depende de lo que factures mensualmente y para las inscripciones conviene ver a un contador ya que aunque te anotes en monotributo tenes que anotarte en ingresos bruto y eso depende del distrito donde factures

  4. Buenas noches, me dedico al rubro de ventas por Internet y necesitaria inscribirme, ya que eso es lo que me solicitan para poder seguir vendiendo.
    ¿Cómo debo hacer? Ya que mi facturación supera los $250. 000 mensuales.
    Desde ya muchas gracias.

    1. Cristian si facturas ese importe por mes no podes inscribirte como Monotributistas tenes que hacerlo como Responsable Inscripto. Tope anual servicio es de $400.000.-

    2. hola Cristian que es lo que es lo que haces para facturar esos montos… estoy intentando inscribirme como importador/exportador para empezar un negocio de compras y ventas pero todavía me siento muy crudo.. que me aconsejas..

  5. Hola, quiero abrir un local gastronómico y quiero tener todo en regla, Cómo tengo que hacer? Por dónde empiezo? Pensaba que primero iba la incripción y después la habilitación, pero acá veo que no es así. Me podrán orientar? Gracias!

    1. Sebastian, Cuando vas a habilitar el local te piden entre otras cosas las inscripciones en AFIP e Ingresos Brutos, por lo que es todo junto

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