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Aumento Empleados de Comercio interpretación

Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster  y  representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio  de los Empleados de Comercio: Aumento en los salarios del  20% sobre las remuneraciones, escalonado:  8% a partir del mes de abril de 2008  6% a partir del mes de julio de 2008  6% a partir del mes de septiembre de 2008 Abril y Mayo será liquidado: Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007) […]

Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster  y  representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio  de los Empleados de Comercio:

Aumento en los salarios del  20% sobre las remuneraciones, escalonado:

 8% a partir del mes de abril de 2008
 6% a partir del mes de julio de 2008
 6% a partir del mes de septiembre de 2008

  1. Abril y Mayo será liquidado:
  • Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007)  más un 8%  no remunerativo.
  • $100.- que se venían cobrando desde enero  2008

    2.  Junio se liquidará con nuevas planillas de básicos (modificación de la antiguedad) y además se pagará un adicional no remunerativo igual al 25% de lo cobrado por este aumento o sea los $100.- más el 8%.

    3.  Julio y Agosto básicos de la nueva planilla y al 8% se incrementa el 6% no remunerativo

    4. Septiembre igual que agosto pero se  incrementa al 8 y 6% un 6% mas no remunerativo

    5.  Octubre y noviembre igual que septiembre

    6. Diciembre igual pero se paga un adicional no remunerativo igual al 50% de lo cobrado por este aumento (todos los conceptos cobrados desde julio a diciembre no remunerativos).

Se continuara cobrando igual hasta el mes de abril de 2009, fecha que el incremento tendrá carácter salarial remunerativo, esto que se firmo es un acta hay que esperar que se homologue y publique el acuerdo, aunque el Ministerio en su artículo octavo dice que se debe pagar igual.

260 comentarios en “Aumento Empleados de Comercio interpretación”

  1. Hola Guillermo:

    A que se dedica la empresa? no se que es acopio? yo conozco solo una escala salarial de los empleados de comercio.

    gracias

  2. Quiero saber si para la Rama Acopio de Empleados de comercio corresponde el mismo aumento ya que considero que estamos en el mismo convenio. Es Asi??
    Por otro lado quiero saber cual es la obligacion de una empresa Acopiadora de tener a sus empleados dentro de esta rama ?? No es lo mismo que esten directamente bajo el convenio de Empleados de Comercio?? Muchas Gracias !!

  3. Hola Naty:

    Si cunado se homologue tienen que pagarte el retroactivo, el 25% es como una aguinaldo de la parte no remunerativa.
    gracias

  4. A nosotros en la empresa no nos pagaron el aumento hasta que no sea homologado, luego nos corresponderia un retroactivo?, Que significa que en junio cobramos un 25% mas? eso corresponde al aguinaldo más el proporcional de ese aumento? que es no remunerativo? Gracias

  5. Hola gabriel:

    No hay fecha estipulada, solo que tardan un monton, fijate que los $300.- sa pagar enero, febrero y marzo recien fueron homologadas en abril.

    gracias

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