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AFIP: ¿Cómo facturar ingresos por Google AdSense?

Los contribuyentes tienen la obligación de declarar todos todos sus ingresos. Desde hace mucho tiempo hemos recibió muchas preguntas sobre cómo facturar ingresos por Google AdSense. Tras varias consultas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E, lo cual detallamos en este artículo la manera en la cuál se hace. Los contribuyentes tienen la obligación de emitir y exigir una factura. Sin embargo, dado que el pago se realiza desde Estados Unidos (EEUU), Google AdSense no solicita ningún tipo de comprobante, algo que genera una gran incógnita en los usuarios argentinos que no saben cómo declarar dichos ingresos, los cuales perciben por Western Union o depósito bancario. Obviamente, para poder facturar […]

Los contribuyentes tienen la obligación de declarar todos todos sus ingresos. Desde hace mucho tiempo hemos recibió muchas preguntas sobre cómo facturar ingresos por Google AdSense. Tras varias consultas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E, lo cual detallamos en este artículo la manera en la cuál se hace.

Los contribuyentes tienen la obligación de emitir y exigir una factura. Sin embargo, dado que el pago se realiza desde Estados Unidos (EEUU), Google AdSense no solicita ningún tipo de comprobante, algo que genera una gran incógnita en los usuarios argentinos que no saben cómo declarar dichos ingresos, los cuales perciben por Western Union o depósito bancario.

Obviamente, para poder facturar a Google AdSense, el contribuyente debe estar inscripto en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) o el Régimen General (Autónomos).

El primer paso es dar de alta un punto de venta mediante la página de AFIP utilizando el CUIT y la Clave Fiscal, la cual se puede generar siguiendo los pasos detallados AQUÍ. Para hacerlo es necesario acceder al servicio «Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)», dentro del cual se tiene que acceder en «A/B/M de puntos de venta» y «Alta».

Luego, debido a que se trata de una prestación de servicios que se efectúa en el país cuya utilización o explotación efectiva se lleva a cabo en el exterior, es necesario empadronarse en la Facturas Electrónicas de Clase E. Para hacerlo es necesario ingresar en «Regímenes de Facturación y Registración (REAR/RECE/RFI)»; opción «Empadronamiento/Adhesión»; seleccionar «Factura Electrónica – Exportación de Servicios»; y seleccionar una de las siguientes opciones «Facturador en Línea» o «WebService / Facturador Plus».

Una vez habilitada, al momento de confeccionar la Factura E, el usuario tendrá que indicar la Clave e Identificación Tributaria de Estados Unidos otorgada por Estados Unidos. La misma es la siguiente:

  • Persona jurídica: 55000002126
  • Persona física: 50000002124
  • Otro tipo de entidad: 51600002124

Una vez generada la factura, el contribuyente no necesita enviar la misma a ninguna parte dado que Google AdSense no requiere la misma. Sin embargo se recomienda imprimirla y guardarla para llevar un control.

63 comentarios en “AFIP: ¿Cómo facturar ingresos por Google AdSense?”

  1. Buenas, me podrian indicar los pasos para poder emitir factura con tipo de comprobante E, ya que solo tengo habilitado tipo C y no encuentro las opciones que me permitan habilitarme para emitir este tipo de factura.
    Es necesario inscribirme en el Registro de Exportadores/Importadores para brindar servicios informaticos a USA?.

    Muchas gracias

  2. Buenas tardes, hay que pagar IVA por cada factura de adsense? y de cuanto es el IVA? que pasa en un mes no tengo ingresos y no puedo facturar?

    Muchas gracias.

      1. Interesante articulo? me podrías enumerar o dar precisiones de las respuestas de AFIP sobre el tema?
        el articulo dice que «…tras varias consultas la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) nos ha respondido que se debe emitir una Factura E»… donde esta dicho eso? se puede obtener copia de esa opinion de AFIP?

  3. Excelente artículo, muy informativo.

    Aprovecho a hacer una pregunta sobre este tema:

    Si ya soy monotributista por otra actividad, puedo comenzar a facturar ingresos por Adsense?

    Es decir, ya soy monotributista. Y además de mi actividad principal quiero crear un blog para poner publicidad de Adsense. Que tengo que hacer en este caso para poder facturar y declarar los ingresos obtenidos por Adsense?

    Muchas gracias desde ya. La verdad no hay mucha información sobre el tema y este artículo fue de mucha ayuda. :)

  4. Hola muy interesante el artículo. Quería hacer algunas consultas relacionadas:
    1. La AFIP hace algún tipo de retención sobre la facturación de servicios al exterior?
    2. Este mismo sistema se puede utilizar para cobrar ganancias por la venta de apps para celulares en Google Play o App Store?

    Muchas gracias

    1. Federico retención no, si tenes que estar inscripto Monotributo o como Regimén general y Ventas de celulares hay que ver donde los compras, por si tenes que inscribirte como importaciones

  5. Estimados,

    Muchas gracias por la info…me queda una duda a la hora de registrarme como monotributista..cuando me pide la actividad económica, debo poner la siguiente??: «Servicios de comercialización de tiempo y espacio publicitario»

    Yo personalmente me dedico a hacer tutoriales en youtube y le permito a Google poner publicidad en los videos…que es lo que en definitiva terminaría cobrando…por eso entiendo que estoy en lo correcto al decir que esa sería la actividad..o debería poner algo relacionado con «Educación»?

    Desde ya les agradezco!
    Saludos!

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