La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:
- Abril de 2008 8%
- Julio 6%
- Septiembre 6%
- Se continua abonando las suma de $100.- sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.
Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas
En el mes de junio de 2008 se abonara:
- Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
- Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa
En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
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Hola pablo:
si te referis a los descuentos del recibo de sueldo son iguales que los de cualquier persona en relación de dependencia.
gracias
P/d: tengo como antiguedad 7 meses.
hola GRACIELA:
trabajo en una empresa de transporte, en el area de call center. mi categoria es personal auxiliar «B», trabajo de lunes a lunes con un franco rotativo, en el mes tengo 5 francos que me puede tocar un domingo como un martes. trabajo 8 horas diarias.
quisiera saber cual deberia ser mi sueldo basico.
muchas gracias
Graciela:
Tengo que liquidar el sueldo de un empleado de una agencia de loteria que trabaja de lunes a sabado media jornada. este empleado comenzo a trabajar en jumio de 2007 Me podes decir como tendria que hacer la liquidacion? Cuanto se paga de adicional de caja?
Muchas Gracias
Hola:
SRL – CCT 130/75 –
Alguien me podria indicar que aportes y contribuciones le corresponden a los socios de una SRL, que pasan a desempeñarse relación de dependencia S.Bruto $ 3.500, Gracias.