Jubilados con una computadora de Anses y AFIP

Tipos de Jubilaciones

En nuestro país existen la Jubilación de Reparto, Régimen Público o del Estado y la Jubilación de Capitalización, Régimen Privado, la persona que ingresa a realizar aportes por primera vez tiene un plazo de noventa (90) días para realizar la opción de cual de las dos prefiere si no la realiza pasa automáticamente al Régimen de Reparto ó Público, pudiendo luego realizar la opción en cualquier momento. Régimen de Reparto o Publico: Es el Régimen administrado por el Estado por medio de la  Administración Nacional de Seguridad Social, ANSES. Otorga: Jubilación ordinaria Jubilación por edad avanzada Jubilación por invalidez Pensión 2.     Régimen de capitalización o Privado: Este Régimen esta en nuestro país a partir del año 1990, Los aportes de […]

En nuestro país existen la Jubilación de Reparto, Régimen Público o del Estado y la Jubilación de Capitalización, Régimen Privado, la persona que ingresa a realizar aportes por primera vez tiene un plazo de noventa (90) días para realizar la opción de cual de las dos prefiere si no la realiza pasa automáticamente al Régimen de Reparto ó Público, pudiendo luego realizar la opción en cualquier momento.

  1. Régimen de Reparto o Publico: Es el Régimen administrado por el Estado por medio de la  Administración Nacional de Seguridad Social, ANSES. Otorga:
  • Jubilación ordinaria
  • Jubilación por edad avanzada
  • Jubilación por invalidez
  • Pensión

2.     Régimen de capitalización o Privado: Este Régimen esta en nuestro país a partir del año 1990, Los aportes de los afiliados van a una administradora privada de fondos de jubilaciones y pensiones, AFJP, allí existe una cuenta individual de cada afiliado hasta el momento de su retiro. Otorga:

  • Jubilación ordinaria (Sistema de Renta vitalicia previsional, retiro programado o retiro fraccionado)
  • Pensión por fallecimiento
  • Retiro por invalidez

Los trabajadores en relación de dependencia y los trabajadores autónomos se encuentran cubiertos por cualquiera de estos sistemas jubilatorios, con las excepciones de los trabajadores estatales, provinciales, municipales o  algunos profesionales que se encuentran cubiertos por sus respectivas cajas.

Requisitos para jubilarse:

  • Jubilación ordinaria: Mujeres 60 años y hombres 65 años de edad con treinta (30) años de servicios.
  • Jubilación por edad avanzada: Existe una cobertura para personas de 70 o mas años, de cualquier sexo, que no tengan los treinta (30) años de aportes, deben acreditar Díez (10) años con aportes, de los cuales los últimos cinco (5) deben haber sido trabajados dentro de los ocho (8) años antes de cesar actividad. Es obligación no poseer ningún otro tipo de beneficio
  • Retiro por Invalidez: Las personas cualquier sexo o edad que sufran un accidente o enfermedad que los discapacite física o mentalmente con un 66% o mas, para poder desempeñar sus actividades. El cobro de la misma esta condicionado a un examen periódico y no volver a ninguna actividad laboral.

38 comentarios en “Tipos de Jubilaciones”

  1. Hola: Tengo 40 años, quisiera saber si puedo empezar a aportar desde ya para la jubilación, soy ama de casa y trabajo en forma independiente; agradeceria me asesores, u orientes un poco en el tema. Desde ya muchas gracias.

  2. Tengo 60 años y tengo un haber de retiro del ejercito, desde mi retiro hasta la fecha, estoy trabajando en una empresa privada, la cual me hace los descuentos que por ley corresponden. Hoy me encuentro con problemas de salud (artrosis en ambas rodillas), teniendo que recurrir en próximo a el cambio de una de ellas por una prótesis, por tal causa me veo imposibilitado de poder seguir realizando las tareas habituales. Mi pregunta seria si puedo jubilarme.

  3. Buenos días. Trabajo en relación de dependencia desde hace 26 años,cuando tenga 30 años de servicio cuento actualmente con 48 años. Mi pregunta es: podré iniciar mis trámites jubilatorios Muchas gracias.

  4. buenos dias ,quiero saber que me aconsejan , cumplo 60 años el 01/11/11 , tengo 10 años de aporte , trabajo en una peluqueria de una empresa de servicios privada , sufro mucho de los huesos , ya no aguanto ni estar parada mucho tiempo y quiero saber si se puede iniciar algun tramite ahora o tengo que esperar hasta los 60 años y como inicio en ese momento el tramite . que tipo de jubilacion seria .
    gracias

  5. buen dia tengo 47 anios y quiero saber como tengo que hacer para tener mis papeles en orden para cuando cumpla los 60 anios y pueda iniciar mi tramite de jubilacion.tengo 22 anios de aporte y me falta completar 8 anios como hago para aportar y tener todo al dia?muchas gracias.

    1. gloria

      De cada trabajo necesitas tener el certificado de Cesación de Servicios si es que los aportes son en relación de dependencia o si son autonomos los aportes echos. Podes seguir pagando Autonomos o Monotributo. si es que podes para esta cubierta por el caso de alguna pensión o algo que pueda suceder, de lo contrario si no consguis trabajo aportas como te dije

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