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Deducciones en el Impuesto a las Ganancias, sube el mínimo no imponible para los trabajadores en relación de dependencia

El Gobierno anunciara el día de hoy la tan esperada, por los trabajadores en relación de dependencia,  modificación en la deducción en el Impuesto a las Ganancias, suben los mínimos no imponibles. Esta modificación se vera reflejada en los sueldos de septiembre que se cobran generalmente a fin de septiembre o los primeros días de octubre, será retroactivo al 1º de enero del 2008. Lo mas importante es que la famosa «Tablita de Machinea» no se modifica por media de esta tabla se autoriza a realizar las deducciones de los gastos. El incremento de sueldo no es mucho aproximadamente un 1.5% pero al realizar el ajuste de los meses retroactivo a enero se vera un incremento salarial en algunos casos […]

El Gobierno anunciara el día de hoy la tan esperada, por los trabajadores en relación de dependencia,  modificación en la deducción en el Impuesto a las Ganancias, suben los mínimos no imponibles. Esta modificación se vera reflejada en los sueldos de septiembre que se cobran generalmente a fin de septiembre o los primeros días de octubre, será retroactivo al 1º de enero del 2008. Lo mas importante es que la famosa «Tablita de Machinea» no se modifica por media de esta tabla se autoriza a realizar las deducciones de los gastos.

El incremento de sueldo no es mucho aproximadamente un 1.5% pero al realizar el ajuste de los meses retroactivo a enero se vera un incremento salarial en algunos casos importantes, esto solo ocurrirá con el cobro del sueldo de septiembre por única vez cuando se realice el ajuste desde enero de 2008.

EJEMPLOS

Ejemplos de los Sueldos en Relación de Dependencia
DETALLE SUELDOS % Incremento por mes Retroactivo por única vez
Trabajador soltero $  4.000.- 1.5 $  58.- $  529.-
Trabajador soltero $ 5.000.- 2 $  99.- $  1.293.-
Trabajador casado $ 5.000.- 0.75 $  38.- $   495.-
Trabajador casado $ 6.000.- 2 $  120.- $  1.085

25 comentarios en “Deducciones en el Impuesto a las Ganancias, sube el mínimo no imponible para los trabajadores en relación de dependencia”

  1. Graciela dijo:
    Agosto 31, 2008 at 11:45 am
    Hola Andres L

    A fin de año vas a tener que presentar una DDJJ del 2008 y te va a dar Saldo a favor el cual podes pedirlo en la AFIP, el antiguo empleador tus deducciones ya las deposito y no puede reintegrartelas te las debe la AFIP ok.

    gracias

    ————————

    Y si presento el formulario 649 tampoco me van a reintegrar?

    Saludos,

    Andres

    PD: antes alguien posteo con mi nombre. No se poruqe. Saludos y desde ya muchas gracias!!!!

  2. Hola Laura:

    cuando se publiquen los nuevos valores de deducciones voy a publicar una nueva planilla excel para que te puedas bajar cargar tus datos y calcular tus deducciones.

    gracias

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