Trabajador en delegación de Anses

Nuevos rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares, a partir de Septiembre de 2008

El Decreto 1.591/2008 publicado en el boletín oficial el día 3 de octubre de 2008  incrementa las Asignaciones Familiares, modificando los rangos, topes y montos contempladas en la Ley Nº 24.714. Los trabajadores deben recibir la nueva escala con las remuneraciones del mes de septiembre de 2008. La tabla mas abajo publicada pertenece a los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la Ley de Riesgo de Trabajo. El   “Rango de Remuneración” a tener en cuenta  para la lectura de la presente tabla al monto resultante de la suma de la remuneración bruta mensual más la Asignación Familiar por Maternidad (si corresponde) excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo.   «Valor General» Todo el […]

El Decreto 1.591/2008 publicado en el boletín oficial el día 3 de octubre de 2008  incrementa las Asignaciones Familiares, modificando los rangos, topes y montos contempladas en la Ley Nº 24.714.

Los trabajadores deben recibir la nueva escala con las remuneraciones del mes de septiembre de 2008. La tabla mas abajo publicada pertenece a los trabajadores en relación de dependencia y beneficiarios de la Ley de Riesgo de Trabajo.

El   “Rango de Remuneración” a tener en cuenta  para la lectura de la presente tabla al monto resultante de la suma de la remuneración bruta mensual más la Asignación Familiar por Maternidad (si corresponde) excluidas las horas extras, el plus por zona desfavorable y el aguinaldo.
 

«Valor General» Todo el país a excepción de as localidades comprendidas en las diferentes zonas

Nueva tabla con los montos de asignaciones familiares a partir de septiembre de 2008

Asignaciones Familiares a partir del 1º de Septiembre de 2008

 Asignación

Rango de  Remuneración

Valor General

Zona 1 Zona2 Zona 3

Zona 4

Hijo

 y

 Prenatal

$100.- $2.400.- $135.- $135.- $291.- $270.- $291.-
$2400.01 $3.600.-

$102.-

$135.- $203.- $270.- $270.-
$3600.01  $4.800.-

$68.-

$135.- $203.- $270.- $270.-

Hijo con

discapacidad

Hasta $2.400.-

$540.-

$540.- $810.- $1080.- $1080.-
$2400.01  $3.600.-

$405.-

$540.- $810.- $1080.- $1080.-
$3.600.01  $4.800.-

$270.-

$540.- $810.- $1080.- $1080.-

Ayuda Escolar

Anual

$100.- $4.800.-

$170.-

$340.- $510.- $680.- $680.-

Ayuda Escolar

Anual (hijo discapacitado

sin tope remuneratorio $170.- $340.- $510.- $680.- $680.-

Maternidad

sin tope remuneratorio Remuneración bruta

Nacimiento

$100.-    $4.800.-

$600.-

$600.-

$600.-

$600.-

$600.-

Adopción

$100.-    $4.800.-

$3.600.-

$3.600.-

$3.600.-

$3.600.-

$3.600.-

Matrimonio

$100.-    $4.800.- $900.-

$900.-

$900.- $900.- $900.-

El decreto establece valores generales y montos específicos para determinadas zonas del país:
 
 Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.
 
 
 Zona 2: Provincia del Chubut.
 
 
 Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera Catamarca); Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy); Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su tejido urbano en Salta.
 
 
 Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

37 comentarios en “Nuevos rangos, topes y montos de las Asignaciones Familiares, a partir de Septiembre de 2008”

  1. Hola Francisco:

    1) Empleados de comercio o cualquier trabajador que cobre de sueldo bruto entre $100.- y $4.800.- cobra $ 900.-
    2) si ambos trabajan en relación de dependencia aun en el mismo empleo ambos cobran el subsidio.
    3) Una vez que presentan los formularios y certificados calcular aproximadamente 90 días se puede hacer un seguimiento

    gracias

  2. Hola Graciela, gracias, la respuesta a Elena me sirve mucho.
    Desearía saber el resto de las respuestas.

    1) Para un empleado de Comercio, el monto es de $ 900 actualmente?
    2) Si ambas personas son empleados de Comercio, ambos cobran el subsidio o sólo uno?
    3) Cuándo debe hacerse efectivo el pago por parte de ANSES?

    Muchas gracias por tu tiempo.
    Saludos,
    Francisco

  3. Hola Elena:

    El subsidios por matrimonio lo paga directamente ANSeS despues del casamiento presentas los certificados en ANSeS o en el correo argentino. Tambien en ese momento presentas una copia a tu empleador ya que este debe actualizar los datos en el sistema.

    Creo haber contestado toda la pregunta o falta algo?

    gracias

  4. Graciela, un par de consultas:
    1) Quién paga el subsidio por matrimonio, el empleador o el ANSES?
    2) Para un empleado de Comercio, el monto es de $ 900 actualmente?
    3) Si ambas personas son empleados de Comercio, ambos cobran el subsidio o sólo uno?
    4) Cuándo debe hacerse efectivo el pago por parte de la empresa? Cuándo conviene avisar?
    MUCHISIMAS GRACIAS COMO SIEMPRE!

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