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UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral. Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el […]

Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el  resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta  de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea  por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.

Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.

Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.

¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?

El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.

Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.

¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?

Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.

En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.

875 comentarios en “UOCRA: ¿Quienes y Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?”

    1. Con la liquidación final te tienen que entregar toda la documentación para que vayas al banco a cobrar el Fondo de Desempleo

  1. hola me despidieron hace un año y 6 meses nunca cobre el deposito del ieric aun puedo hacer el tramite

    1. SI, pero necesitas la documentación que te tiene que entregar tu ex empleador, para que puedas ir la banco y cobrarla

    2. Esa es la.mejor pregunta de todas. Y creo que la respuesta es no. El banco usa nuestra plata pero no te dan ninguna ganancia.

  2. Hola hay alguna manera de saber si la.empresa donde trabaje hizo los aportes para ieric y cuanto tiempo tiene que pasar para el cobro de ieric desde mi renuncia en este caso ?

    1. La empresa te tiene que entregar la documentación para que vos lo puedas cobrar, Baja laboral, nota al banco donde realizo aportes y datos de tu cuenta, etc. No hay tiempo para retirar, ya que es una cuenta en un banco a tu nombre

    2. Hola, una vez depositado el fondo en el banco designado, se puede cobrar en alguna otra sucursal o tiene que ser donde se hizo el deposito. Muchas gracias

      1. Si se tiene la baja y toda la documentación, solo se cobra en el banco que fue depositado, ya que se debe presentar todo lo requerido para poder cobrarlo

  3. Hola que pasa si el empleado fallece, quien puede cobrar el fondo de cese laboral, suponiendo que está divorciado y tiene hijos menores,se puede dejar de antemano a alguien como beneficiario del fondo?

    1. Lo pueden cobrar los herederos, deben presentar en el banco la Declaratoria d e herederos, entre otras cosas

Los comentarios están cerrados.