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Bares, restaurantes y sanatorios eximidos del pago de Ingresos Brutos

Bares, restaurantes y sanatorios eximidos del pago de Ingresos Brutos en la Ciudad de Buenos Aires.

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires ha sancionado dos leyes que eximen del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (IIBB) a locales gastronómicos por el plazo de tres meses y a servicios de internación por dos meses. De esta forma se busca dar un alivio a los bares, restaurantes y sanatorios porteños en la segunda ola de contagios de coronavirus.

El sector gastronómico es sin lugar a dudas uno de los más afectados por las restricciones aplicadas durante la pandemia de Covid-19 para disminuir los casos.

La normativa que beneficia a los gastronómicos eximiéndolos del pago de Ingresos Brutos se aplica a comercios destinados a la venta de bebidas y comidas, ya sea con servicio de mesa, al mostrador o delivery. La misma los exime para los meses de mayo, junio y julio.
Esta decisión fue tomada partiendo del Decreto Nacional 241/2021, el cual restringió la apertura de locales impactando directamente en su facturación.

La medida abarca a restaurantes y cantinas con y sin espectáculo, fast food, comercios destinados a la venta de comidas y bebidas al paso, servicio de expendio de bebidas en bares y expendio de helados.

En el caso de la eximición a clínicas y sanatorios privados se aplicará para las cuotas correspondientes a los meses de mayo y junio por los servicios de internación.

Cabe señalar que estos beneficios sólo se aplican en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA).

Por estas horas, la Nación está analizando cómo continuarán las medidas restrictivas a partir del viernes. Si bien se habló de que se volvería a fase 1, el Presidente Alberto Fernández descartó que se tome esa medida.

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