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AFIP Prorrogó el Plazo para Presentar los Balances

Luego de más de dos semanas en que los Consejos profesionales le solicitarán a la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, que extendiera el plazo para la presentación de los balances, finalmente el organismo fiscal lo prorrogó desde el pasado 15 de junio hasta el día 31 de julio de 2011, a las empresas para que presenten los estados contables, juntamente con con la memoria e informe de auditoría del ejercicio que cerró el 31 diciembre de 2010. Finalmente la AFIP informó a través de un comunicado y sin una norma previa, que se prorroga hasta el 31 de julio de 2011 el plazo para que las empresas presenten el balance correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre pasado […]

Luego de más de dos semanas en que los Consejos profesionales le solicitarán a la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, que extendiera el plazo para la presentación de los balances, finalmente el organismo fiscal lo prorrogó desde el pasado 15 de junio hasta el día 31 de julio de 2011, a las empresas para que presenten los estados contables, juntamente con con la memoria e informe de auditoría del ejercicio que cerró el 31 diciembre de 2010.

Finalmente la AFIP informó a través de un comunicado y sin una norma previa, que se prorroga hasta el 31 de julio de 2011 el plazo para que las empresas presenten el balance correspondiente al ejercicio cerrado al 31 de diciembre pasado en formato .PDF.

Aunque un poco tarde pero llegó la prórroga del vencimiento del 15 de junio pasado para que las empresas  presenten los estados contables, acompañados de la memoria e informe de auditoría, con la firma del contador certificada.

Los balances deberán estar acompañados por la memoria e informe de auditoria, que contienen la firma del contador autenticada por el respectivo consejo profesional.

Desde el fisco nacional aclararon que: “Más precisamente, el balance de publicación -con la oblea o estampilla del consejo- es el documento que deben presentar las empresas. La documentación escaneada debe ser enviada a través de la web del fisco nacional en un único archivo en formato PDF».

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