Ganancias

AFIP prorroga plazo para las presentaciones del Impuesto a las Ganancias

La AFIP publico en el Boletin Oficial el día 9 de mayo de 2008 la Resolución General Nº 2444, mediante la cual establece un plazo especial para las presentaciones de las declaraciones Juradas periodo año 2007 de los Impuestos a las Ganancias para Personas Jurídicas e Impuesto  L Ganancia Mínima Presunta.  Presentación Declaraciones Juradas Ganancias Personas Jurídicas se extendió hasta el 30 de mayo.  Presentación Declaración Jurada Ganancia Mínima Presunta se extendió hasta el 30 de mayo. Para las personas Físicas y sucesiones indivisas titulares de inmuebles rurales, el vencimiento se extendió hasta el 30 de junio de 2008.

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Servicio simulador de Ganancias y Bienes Personales

LA AFIP, puso en la página Wed www.afip.gov.ar un nuevo modulo del servicio Mi Orientación que permitirá que le contribuyente realice un ejemplo simulando su situación respecto de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales. El servicio Mi Orientación: Ganancias y Bienes Personales cuenta con ayudas a lo largo de toda la simulación, sin necesidad de identificarse, se puede relazar una carga ágil y sencilla de los datos que requiere el sistema.

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Ganancias sociedades nuevo aplicativo

La AFIP mediante la Resolución General Nº 2432 determino que a partir de los cierres de ejercicio el mes de diciembre de 2007, todas las sociedad deben presentar las correspondientes Declaraciones Juradas del Impuesto a las Ganancias, utilizando el aplicativo nuevo Ganancias Personas Jurídicas Versión 8.0 reléase 0.  Ya se encuentra disponible el aplicativo Ganancias Personas Jurídicas versión 8.0 en la página Web de la AFIP www.afip.gov.ar, que deberá utilizarse obligatoriamente por

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Trabajadores en relación de dependencia, presentación de Declaración Jurada de Ganancias

La AFIP mediante la resolución General introdujo modificaciones relativas a las declaraciones juradas que deben presentar los trabajadores en relación de dependencia. Las modificaciones: Incremento el monto de los ingresos anuales de $ 72.000.- a $ 96.000.- a partir de los cuales los empleados en relación de dependencia deben informar los bienes al 31 de diciembre. Las obligaciones de presentación de bienes y de ingresos deben ser presentadas exclusivamente a través de Internet y mediante la utilización del programa aplicativo «Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales Versión 9.0» Habilitó servicio con calve fiscal denominado «Régimen Simplificado Ganancias Personas Físicas» el que puede ser utilizado en forma opcional por

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Presentación Ganancias trabajadores en relación de dependencia

La AFIP por medio de la Resolución General Nº 2437/08 el día 18 de abril reglamento un conjunto de disposiciones que ya fueron anunciadas Incremento de $72.000.- a $96.000.- el monto de ingreso anual a partir de los cuales los empleados quedan obligados a presentar las declaraciones juradas del Impuestos a los Bienes Personales independientemente si tiene o no que ingresar saldos. Existe un Régimen Simplificado para el Impuesto a las Ganancias destinado a

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La AFIP introdujo cambios que dificultan la liquidación de Ganancias

La AFIP lanzo un nuevo aplicativo para que las personas jurídicas liquiden Ganancias, es el  Ganancias Personas Jurídicas Versión 8.0 y deberá ser utilizado para los vencimientos que tendrán lugar del 12 y hasta el 16 de mayo, según terminación de CUIT, momento en que las empresas liquidarán el impuesto. La novedad no fue tan bien recibida por las empresas y los expertos dicen que es esperable que las organizaciones profesionales soliciten una prórroga porque los aplicativos «deberían haber estado disponibles con anterioridad» y destacaron que, «por

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Prorroga Vencimientos Impuestos Ganancias y Bienes Personales 2007

Se prorrogo la fecha de presentación de los impuestos a las Ganancias y de Bienes Personales correspondientes al periodo fiscal 2007, para el mes de mayo, según terminación del número de CUIT. Los contribuyentes deberán utilizar el nuevo aplicativo de Ganancias y Bienes Personales Versión 9.0, pero atención por que la prorroga es para la presentación y no para el pago que se deberá ingresar a partir del día 17 de abril de 2008 en el vencimiento original, ya

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Empleados en relación de dependencia presentación Impuesto a las ganancias

Un empleado en relación de dependencia que solo tenga ingresos provenientes de su actividad en relación de dependencia deberán hacerlo con el nuevo aplicativo  «GANANCIAS PERSONAS FÍSICAS – BIENES PERSONALES – Versión 9.0», mediante transferencia electrónica de datos a través de la página de laq AFIP http://www.afip.gov.ar, cuyo vencimiento opera el día 30 de junio de 2008. TENER EN CUENTA:  

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AFIP, Trabajadores, quienes están obligados a presentar declaración de Ganancias cuarta categoría

La AFIP dispuso que a partir del año 2007 los trabajadores en relación de dependencia que están obligados a presentar las declaraciones juradas de Ganancias correspondientes al año 2008 son: Trabajadores que en el transcurso del año 2007 recibieron «exclusivamente» ingresos provenientes de relación de dependencia, y por todo concepto superiores a $144.000.- Pueden realizar la presentación hasta el día 28 de junio de 2008 con el programa aplicativo denominado «Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales- Versión 9.0» Trabajadores que en el transcurso del año 2007 recibieron ingresos provenientes de relación de dependencia superiores a $96.000. y que además recibieron ingresos provenientes de cualquier otra actividad sin importar el monto.

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