inmobiliarias

ARBA: Declarar las Mejoras Inmobiliarias por Internet

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA, a través de una herramienta informática les otorga la posibilidad a los contribuyentes bonaerenses a que presenten, mediante un sencillo trámite por Internet, las Declaraciones Juradas, DDJJ, catastrales inmobiliarias,  correspondientes a las ampliaciones que hayan realizado en sus propiedades. A partir de ahora, se podrán declarar las mejoras inmobiliarias realizadas por la Web, ingresando al sitio oficial del organismo.

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Inmobiliarias deben Controlar el Lavado de Dinero

La Unidad de Información Financiera, UIF, mediante la Resolución Nº 16/2012 publicada en  el Boletín Oficial, el 27 de enero de 2012, obliga a las inmobiliarias a partir de ahora, a pedirles a sus clientes las Declaraciones Juradas, DDJJ,  de ingresos cuando realicen operaciones de compra o venta de inmuebles por un valor superior a los $600.000, alrededor de 137.000 dólares, o bien por sospechas de encubrir lavado de activos o financiamiento al terrorismo.

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Inmobiliarias deberán mandar Información a la UIF

Las inmobiliarias deberán mandar información a la Unidad de Información Financiera, UIF, de sus clientes, el ejecutivo a través de la Resolución  N° 16/2012, estableció que «los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades de cualquier tipo que tengan por objeto el corretaje inmobiliario» deben informar datos personales de quienes emprendan una operación. Se trata de incrementar e instalar nuevos controles para tratar de evitar acciones de evasión o lavado de dinero.

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Inmobiliarias Sellados de los Contratos en los Colegios

Desde el mes de septiembre de 2011 los profesionales matriculados que tienen inmobiliarias podrán sellar los contratos en los Colegios Departamentales ya que estos, actúan como agentes de recaudación de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA. Esta implementación permite evitar ingresar a la página del organismo recaudador y completar el formulario R – 115 U, para lo cual,  es necesario contar con la Clave de Identificación Tributaria, CTI.

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Modificaciones en las Ventas Inmobiliarias y el COTI

La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.101, publicada en el Boletín Oficial, introdujo modificaciones en las ventas inmobiliarias y en el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles, COTI. Por una parte, elevo al doble el piso para que sean informadas las operaciones de ventas de inmuebles, de $300.000.- a $600.000.- y por la otra, modificó las pautas que deberán seguir aquellos interesados en obtener el COTI.

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AFIP: Inscripción por Alquileres y Venta de Inmuebles

La  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, se encuentra poniendo a punto un nuevo control que regirá sobre los alquileres y venta de inmuebles. Los operadores que realicen más de tres  operaciones durante el año o bien superen en conjunto los $300.000.- será obligatorio que se inscriban. El fisco nacional mediante la Resolución General Nº 2.820 reformulo y actualizó le régimen informativo para el sector inmobiliario.

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Pecios altos, aun sin venta de inmuebles

Los precios de las viviendas continúan altos, aunque no se vendan. En lo que va del año 2009, la cantidad de metros cuadrados autorizados para la construcción de viviendas, se desplomo en un 50%. Entre los meses de enero y marzo se firmaron 3.609 escrituras en la Capital Federal, un 40% menor a las firmadas en igual periodo del 2008. La venta de inmuebles cayó un 50%, pero las propiedades mantienen sus valores altos, y la gente tiene muchos problemas en adquirir o pagar los créditos hipotecarios.

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Nueva opción para tramitar el COTI, Código Oferta Transferencia de Inmuebles

 La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.506/08 estableció modificaciones al Régimen de Información de Negociación, COTI, Código de Oferta y Transferencia de Inmuebles, a partir del día 1º de noviembre de 2008 Los principales cambios introducidos por la norma son los siguientes: Tramitación: se incorpora la posibilidad de que el titular o condómino de bienes inmuebles, -cuando en los actos que corresponda tramitar el COTI intervenga un sujeto empadronado como inmobiliaria- pueda autorizarlo (por escrito) para la obtención del COTI en su representación. En el mismo constarán, de corresponder, los siguientes

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AFIP, charla Resolución general Nº 2371

Contadores de la AFIP, entre ellos el  Subdirector de Fiscalización Cdor. Marcelo Costas, brindaron una charla esclareciendo los alcances de la Resolución Nº 2371, referida al COTI, «Código de Ofertas de Transferencia de Inmuebles» en el colegio de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Buenos Aires, departamental de San Isidro El Cdor. Marcelo Costas confirmo que la AFIP busca “darle mayor transparencia al mercado, generar una lógica de mercado entre los montos de ventas y escrituración y reducir de esa forma, la subvaluación inmobiliaria”. Buscando con ello, un paralelo ente el valor de venta y el efectivamente escriturado. Que la Resolución apuesta a que el vendedor y el comprador sepan que la AFIP cuenta con la facultad de ejercer

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