Subastas

Pasos a seguir por los martilleros para informar un remate o subasta a AFIP

Así como lo estipula la Resolución General 3.724, los martilleros deben informar los remates o subastas en las cuales participarán mediante la página oficial de AFIP (www.afip.gob.ar). Dicho trámite debe ser efectuado cuando estas operaciones se traten de inmuebles, vehículo (automotores o embarcaciones), obras de artes y bienes suntuarios cuyo precio de venta supere los diez mil pesos.

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AFIP: Martilleros públicos deben completar el Régimen de Información para Remates y Subastas

Mediante la Resolución General N° 3.724, que fue publicada el 26 de enero de 2015 en el Boletín Oficial, el organismo recaudador ha establecido un Régimen de Información para remates y subastas. De esta forma, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) establece que os martilleros públicos deben informar la compra y venta en dichas operaciones por medio de la página www.afip.gov.ar.

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