AFIP Fija la Cantidad de Trabajadores para los Call Centers
La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 3.323 ya publicada en el Boletín Oficial del día 11 de Mayo de 2012, modificó el Anexo de la Resolución General Nº 2.927, incorporando la actividad de los Call Centers a los Indicadores Mínimos de Trabajadores, IMT. El fisco nacional fijó en cinco (5) la cantidad de trabajadores por cada 3 posiciones de teleoperador instaladas, o de 1 trabajador por cada 2.54 m2 de superficie útil del inmueble.
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