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En provincia llegó el Dólar Scioli para la Compra de Inmuebles

A partir del  primer día hábil del 2013 aumento en la provincia de Buenos Aires la  alícuota del Impuesto al Sello tiene un recargo de 20% para escrituras en moneda extranjera, las transacciones que no se realicen en pesos nacionales pagan un 3.6%, más el recargo. De esta manera, el distrito que administra Daniel Scioli, reconoce que en el rubro inmobiliario se sigue operando en dólares, las compra ventas dan a la luz el denominado “Dólar Scioli” que cotiza a $6.-. En el ámbito inmobiliario, operaciones de compra y venta de inmuebles, mientras que desde la Nación sostienen que todas las transacciones deben realizarse en pesos argentinos, en la provincia de Buenos Aires, se fijó que en la alícuota del […]

A partir del  primer día hábil del 2013 aumento en la provincia de Buenos Aires la  alícuota del Impuesto al Sello tiene un recargo de 20% para escrituras en moneda extranjera, las transacciones que no se realicen en pesos nacionales pagan un 3.6%, más el recargo. De esta manera, el distrito que administra Daniel Scioli, reconoce que en el rubro inmobiliario se sigue operando en dólares, las compra ventas dan a la luz el denominado “Dólar Scioli” que cotiza a $6.-.

En el ámbito inmobiliario, operaciones de compra y venta de inmuebles, mientras que desde la Nación sostienen que todas las transacciones deben realizarse en pesos argentinos, en la provincia de Buenos Aires, se fijó que en la alícuota del impuesto al sello es del 3,6%, pero si la operación se llevó a cabo en moneda extranjera, se debe pagar un recargo extra del 20% en las escrituras que se realicen desde el 2 de enero de 2013.

Lo que equivale, a prácticamente aceptar que se permite la realización de escrituras en moneda extranjera y se le aplica un castigo. En el sector lo llaman el «dólar Scioli» que se cotiza a $ 6 y es únicamente para la compra venta de inmuebles y que surgió de una cotización cercana al valor intermedio entre el oficial y el paralelo.

Germán Gómez Picasso, director de Reporte Inmobiliario, explicó que:

  • «Existe una nueva ley impositiva para calcular la alícuota del impuesto a los sellos en la venta de inmuebles. Si la escritura se hace en todo o en parte en moneda extranjera, se debe hacer la conversión al tipo de cambio oficial del Banco Nación».
  • Al pagar por una propiedad u$s 100.000, se dice que equivale a $ 495.500.-. Por lo que,  «a la alícuota del 3,6% se le debe sumar un 20% extra, y sobre eso hacer el cálculo para tributar el impuesto de sellos, con lo cual estaría dando un dólar a un valor de $ 6».

Sobre si conviene escriturar en pesos o en dólares, una profesional del tema sugiere que eso dependerá de lo que el comprador tenga declarado ya que no podrá decir lo compre en el mercado paralelo.

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