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ARBA Reclamaran Deudas de Patentes a quienes Vendieron y no Hicieron la Transferencia

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA,  reclamaran deudas de patentes a quienes vendieron y no hicieron la transferencia al nuevo poseedor del vehículo, reforzando el control sobre la compraventa de autos y comenzó a intimar a quienes realizaron la venta y no realizaron el respectivo trámite. Ya fueron lanzadas las intimaciones a ambos contribuyente involucrados con el vehículo, del modo que el vendedor responda solidariamente en caso de que el adquiriente no pague el impuesto. Martín Di Bella, titular de ARBA, reglamento nuevas reglas para la compraventa de vehículos, de modo que el viejo dueño responda de manera solidaria en caso de que el adquirente no pague la patente, ya que por no haber realizado […]

La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, ARBA,  reclamaran deudas de patentes a quienes vendieron y no hicieron la transferencia al nuevo poseedor del vehículo, reforzando el control sobre la compraventa de autos y comenzó a intimar a quienes realizaron la venta y no realizaron el respectivo trámite. Ya fueron lanzadas las intimaciones a ambos contribuyente involucrados con el vehículo, del modo que el vendedor responda solidariamente en caso de que el adquiriente no pague el impuesto.

Martín Di Bella, titular de ARBA, reglamento nuevas reglas para la compraventa de vehículos, de modo que el viejo dueño responda de manera solidaria en caso de que el adquirente no pague la patente, ya que por no haber realizado la transferencia se considera que el vendedor continua siendo «responsable solidario» por las deudas en Patentes que genere el adquirente.

Por lo que, las intimaciones de ARBA serán direccionadas hacia el vendedor y adquiriente del automóvil, ya que generalmente el que vende se olvida de realizar la denuncia de venta ante el fisco bonaerense.

Desde ARBA indicaron que para evitar futuros dolores de cabeza, es importante realizar la transferencia o en su defecto la denuncia impositiva de la operación realizada.

Cuando la denuncia la hace sólo el vendedor del auto para que los efectos liberatorios de la misma quedan supeditados, además, a que se identifique fehacientemente al adquirente del rodado.

El vendedor deberá indicar a ARBA a título de Declaración Jurada:

  • Nombre y apellido o razón social del comprador.
  • Clave Única de Identificación Tributaria, CUIT, Clave Única de Identificación Laboral, CUIL o Clave de Identificación, CDI.
  • Domicilio del mismo.

Para que surja efecto la Denuncia de Venta, ARBA estableció que no deben registrarse deudas provenientes del Impuesto a los Automotores (Patentes) con relación al vehículo en cuestión.

Debiendo cancelar la deudas hasta el último día del mes en que realice la denuncia de venta y si posee planes de pago, recién surgirá efecto cuando se cancele la última cuota.

Cuando el formulario de denuncia fuera firmado solamente por el titular registral denunciante, se deberá adjuntar la siguiente documentación:

  • Boleto de compraventa con firmas certificadas.»Sólo en aquellos casos en que la venta se hubiera efectuado a un comerciante habitualita podrá sustituirse la presentación del instrumento mencionado, por alguna constancia en la que se consigne en forma fehaciente la recepción del vehículo automotor en dicho comercio».
  • Constancia de intimación fehaciente mediante carta documento, enviada al adquirente denunciado, indicando su calidad de nuevo responsable tributario y requiriendo formalizar la transferencia ante el respectivo Registro Seccional de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios.

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