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SRT: Guía para operar con la ventanilla electrónica para empleadores

Mañana comienza el sistema de «Ventanilla Electrónica para Empleadores» implementado por la Secretaría de Riesgo de Trabajo, SRT, mediante la Resolución SRT Nº 635/08 y modificado por Resolución SRT Nº 365/09, la cual permitirá acceder a la información del Sistema de Riesgos del Trabajo y a las comunicaciones que le remita esta Superintendencia y la ART con la que posee contrato vigente. Previo a la utilización del domicilio electrónico el empleador deberá remitir un «Anexo al contrato de afiliación» debidamente firmado y adjuntando fotocopia del DNI y en el caso de tratarse de una persona jurídica fotocopia del poder del firmante a: Correo Argentino, Apartado Especial Nº 4, suc. Nº 1, Avenida de Mayo Código Postal 1084 (envió en forma […]

Mañana comienza el sistema de «Ventanilla Electrónica para Empleadores» implementado por la Secretaría de Riesgo de Trabajo, SRT, mediante la Resolución SRT Nº 635/08 y modificado por Resolución SRT Nº 365/09, la cual permitirá acceder a la información del Sistema de Riesgos del Trabajo y a las comunicaciones que le remita esta Superintendencia y la ART con la que posee contrato vigente.

Previo a la utilización del domicilio electrónico el empleador deberá remitir un «Anexo al contrato de afiliación» debidamente firmado y adjuntando fotocopia del DNI y en el caso de tratarse de una persona jurídica fotocopia del poder del firmante a:

  • Correo Argentino, Apartado Especial Nº 4, suc. Nº 1, Avenida de Mayo Código Postal 1084 (envió en forma gratuita)
  • Personalmente acercándolo a las oficinas Casa Central o sucursales

Guía para obtener el alta en el servicio de «»Sistema de Ventanilla Electrónica»

El empleador debe operar con su CUIT y «Clave Fiscal» de la AFIP y a través de la página y «Administración de Relaciones» dar el alta al servicio de «Sistema de Ventanilla Electrónica para Empleadores».

  1. Ingresar a la página institucional srt.gov.ar y seguir los pasos allí indicados.
  2. Clik en «Ingresar a eServicios»
  3. El sistema lo lleva a la página de la AFIP donde deberá identificarse con su numero de CUIT y «Clave Fiscal«.
  4. Ingresar a través del servicio Administrador de relaciones. En caso que el usuario sea Administrador de relaciones de un tercero, en la siguiente pantalla deberá seleccionar para qué contribuyente desea habilitar el servicio.
  5. Seleccione la opción «Nueva relación» «BUSCAR»  «SRT»  «Servicios Interactivos»  «e-Servicios SRT» El servicio requiere Nivel 2
  6. Seleccione la opción «Confirmar».
  7. En el campo «Representante» presione «Buscar» y luego ingrese la CUIT/CUIL/CDI del usuario a quien le delega la utilización del servicio, que puede ser el mismo Administrador o un usuario interno o externo, siempre que el servicio sea delegable.
  8. Presione el botón «Buscar».
  9. Si todos los datos son correctos, presione el botón «Confirmar», para la habilitación de la relación. (En muchas oportunidades debe presionar «Confirmar» dos veces)
  10. Se abrirá una nueva ventana con el F. 3283/E.
  11. Cierre todas las ventanas y vuelva a ingresar con su CUIT y «Clave Fiscal», para que figure en el menú principal de su clave fiscal, el nuevo servicio habilitado.

Este domicilio electrónico creado en el marco del citado Sistema subsistirá aún en caso de Traspaso de Aseguradora, Rescisión contractual, Falta de Trabajadores o Cese de la Actividad del Empleador, debidamente registrados ante la A.F.I.P.. Mientras el Administrador de Relaciones para la C.U.I.T. del EMPLEADOR no especifique un responsable de la Notificación Electrónica se asignará la función al mismo Administrador.

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