Nueva Escala Salarial Convenio Colectivo Nº 108/75 Sanidad
El día 16 de julio de 2008 mediante en expediente Nº 1278126/08 del Ministerio de Trabajo empleo y Seguridad Social se firmo el acuerdo salarial para los trabajadores del gremio de la Sanidad amparados en el Convenio colectivo Nº 108/75
Luego de las negociaciones pertinentes de la renovación parcial del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 108/75 con aplicación en todo el ámbito personal y territorial que comprende el convenio antes mencionado. Se otorga un aumento de sueldo del 25% sobre todos los salarios básicos de todas las categorías profesionales enunciadas en el mismo, en dos tramos conforme a las escalas establecidas en el punto 4, con vigencia a partir del día 1º de Agosto de 2008 y el segundo tramo a partir del 1º de diciembre de 2008
| Primera Escala Salarios Básicos CCT Nº 108/75 a partir del 1º de Agosto de 2008 | |
| CATEGORÍAS | SUELDOS BÁSICOS |
| Primera Categoría | $ 1.889.45 |
| Segunda Categoría | $ 1.806.65 |
| Tercera Categoría | $ 1.757.20 |
| Cuarta Categoría | $ 1.642.20 |
| Quinta Categoría | $ 1.511.10 |
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| Primera Escala Salarios Básicos CCT Nº 108/75 a partir del 1º de Diciembre de 2008 | |
| CATEGORÍAS | SUELDOS BÁSICOS |
| Primera Categoría | $ 2.053.75 |
| Segunda Categoría | $ 1.963.75 |
| Tercera Categoría | $ 1.910.00 |
| Cuarta Categoría | $ 1.785.00 |
| Quinta Categoría | $ 1.642.50 |
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La diferencia entre los salarios básicos vigentes al 30/07/08 y los aquí acordados, así como los valores resultantes de la incidencia de los nuevas remuneraciones sobre los adicionales legales y convencionales serán remunerativos a todos los efectos legales y convencionales con la sola excepción que sobre dichos montos no se realizaran contribuciones patronales al Sistema de Seguridad Social (excepto Obras Sociales).
Esta excepcionalidad parcial regirá hasta el 31/07/2009, fecha ésta a partir de la cual se realizaran la totalidad de las contribuciones patronales. -
Los aumentos saláriales otorgados con posterioridad al acuerdo suscripto con fecha 20/11/2007 podrán ser absorbidos hasta su concurrencia con los incrementos que por este acto se otorgan.
Los importes de los adicionales legales, convencionales y voluntarios, que estén expresamente referenciados y tengan como base de cálculo el salario básico convencional, a los fines de su pago, deberán ser calculados de conformidad con los valores establecidos en la nueva escala salarial inserta en el parágrafo cuarto (4°) del presente acuerdo, en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del CCT 108/75. -
Aguinaldo Diciembre 2008: Teniendo en cuenta el impacto del incremento salarial en los básicos de diciembre de 2008, las partes acuerdan que, aquellas empresas que acrediten debidamente la imposibilidad de abonar el mayor valor del aguinaldo correspondiente al mes de diciembre 2008 podrán diferir hasta el mes de enero de 2009, el pago de la diferencia del mayor valor del aguinaldo por efecto del aumento del salario básico.
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Sala Maternal: Las partes acuerdan reformar el sistema de pago del beneficio especial establecido en el art. 33 del CCT 108/75 Transitoriamente y hasta tanto se alcance un acuerdo definitivo sobre el instituto, se establece el valor de este beneficio social en la suma de $760 con carácter no remunerativo, a partir del 1 de agosto de 2008.-
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Cuota de Solidaridad: Se establece para todos los beneficiarios del CCT. 108/75 un aporte solidario equivalente al 1% de la remuneración integral mensual, durante la vigencia del presente acuerdo. Este aporte estará destinado entre otros fines, a cubrir los gastos ya realizados y a realizar, en la gestión, concertación y el posterior control del efectivo
cumplimiento y correcta aplicación del los convenios y acuerdos para todos los beneficiarios sin excepción, al desarrollo de la acción social y la constitución de equipos sindicales y técnicos que posibiliten el desarrollo solidario de los beneficiarios convencionales, contribuyendo a una mejor calidad de vida para los trabajadores y su grupo familiar. Los Trabajadores afiliados a cada uno de los sindicatos de primer grado adheridos a FATSA, compensarán este aporte con el pago del mayor valor de la cuota asociacional. Los empleadores actuarán como agentes de retención del aporte solidario y realizarán el depósito correspondiente con el procedimiento habitual, en forma mensual y en la cuenta especial de FATSA conforme lo vienen realizando hasta el presente, disponiendo de boletas de depósito en la página Web WWW.sanidad.org.ar. -
Las partes acuerdan conformar una Comisión Técnica con el propósito de analizar el impacto de la nueva tecnología en el desarrollo de las relaciones laborales.
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Vigencia: El presente acuerdo tendrá un año de vigencia, esto es desde el 01–08-08 hasta el 31–07–09.
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Las partes intervinientes ratifican en todos sus términos lo acordado y solicitan la pronta homologación del presente acuerdo.
Agradecemos la colobaración de Contable
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147 respuestas to “Nueva Escala Salarial Convenio Colectivo Nº 108/75 Sanidad”
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[147] Comentarios
2 julio 2009 a las 1:17 pm
buenos dias! quiero saber cuanto es el sueldo basico de una secretaria de consultorio medico particular ,encargada de cobrazas,tramites , recepcion, y asistente, por 6 horas de trabajo, de lunes a viernes.
Muchas Gracias!
2 julio 2009 a las 11:11 am
soy empleado de la firma S… T quisiera saber si corresponde aplicar el convenio 108/75 porque el basico que nos liquidan no corresponde segun escala
29 junio 2009 a las 9:53 pm
hola les agradeceria que me informaran cuanto es el sueldo de una asistente dental y a que categoria pertenezco trabajo 40 horas semanales ? gracias
28 junio 2009 a las 9:58 pm
Hola!, Soy secretaria en una clinica de cirugia estetica. Trabajo por la tarde de 17 a 21hs de Lunes a Viernes. Estoy hace un año. Quisiera saber cual deberia ser mi sueldo.
Desde ya muchas gracias!!
22 junio 2009 a las 3:57 pm
BUENAS TARDES, YO SOY UNA ESTUDIANTE DE CUARTO AÑO EN PUERTO RICO. YO QUISIERA QUE USTED ME DE UN CONSEJO YA QUE YO QUIERO SER RADIOLOGA. QUISIERA SABER CUAANTO PAGA LA RADIOLOGIA? PORQUE A MI ME FASCINA LA MEDICINA PERO QUISIERA ESTUDIAR ALGO QUE ME GUSTE PERO QUE TAMBIEN ME PAGUE BIEN. LE AGRADECERE UN MONTON SI ME CONTESTA. GRACIAS Y QUE PASES BUENAS TARDES.
22 junio 2009 a las 1:28 am
hola, mi duda es la siguiente, soy enfermero auxiliar trabajo 252 horas por mes y mi basico segun el bono de sueldo es de 1552 pesos.
quisiera saber si esto es correcto.
las horas extras como se deben pagar si son de lunes a viernes en el dia. y en la noche ?
los los fin de semanas y feriados como me deben pagar las horas extras ?
AGRADECERE ME SAQUEN ESTA DUDA POR FAVOR…
GRACIAS: GASTON ALEJANDRO
12 junio 2009 a las 4:38 pm
buen dia soy tecnicosuperior en radiologia y quisiera saber el salario por cuatro horas, seis horas y por ocho horas diarias y es por cinco dias semanales de lunes a viernes gracias
2 junio 2009 a las 8:00 am
Silvina
Es un trabajo insalubre, no entiendo la pregunta?
1 junio 2009 a las 11:04 pm
Hola Soy Silvina, vuelvo a preguntar????
Trabajo en un centro de diálisis, pero no estamos reconocidos como área insalubre???
Trabajamos con HIV, hepatitis, TBC, permanentemente, conectamos a los pacientes bajo circuitos extracorpóreos???
Estamos reconocidos como la primera categoría, y realizamos 8 hs. diarias de Lunes/ Sábados.
No debería reformularse, las áreas téncicas para nuestra actividad?????????
1 junio 2009 a las 10:59 pm
Trabajo en un centro de dialisis. Estamos bajo el convenio colectivo 108/75.
Trabajamos 48 hs. semanales Desde hace dos años empezaron a dar los Franco????
No entiendo por que? Pueden explicarlo por favor.
Ya que trabajamos los dias sábados, estos tienen que ser reconocidos como como un % mas del sueldo.
31 mayo 2009 a las 1:35 pm
hola! trabajo de lunes a viernes de 8 a 14hs. y los sabados son x medio de 4 horas.segun mi empleador asi cumpliria las 32horas semanales. me desempeño como telefonista en centro medico de imagenes sin internacion.mi recibo es de $1380, segun ellos es lo q me corresponde proporcional a la categoria segunda de $1963. quiero saber si es correcto esto? xq tengo muchisimas dudas si esta bien el monto?
28 mayo 2009 a las 7:23 pm
Karla:
Un técnico de laboratorio se encuentra encuadrado en el convenio 108/75, perteneciendo a la primera categoria.-
El básico vigente al día de la fecha es de:
$2053.75
28 mayo 2009 a las 3:33 pm
hola quisiera saber cuanto es el sueldo de un tecnico en laboratorio, muchas gracias
28 mayo 2009 a las 3:01 pm
Hola!soy secretaria en un serv de ecografias, trabajo lunes, mierc y sabados x 3 hs y los martes, jueves y viernes 3 hs a la mañana (de 8.30 a 11.30) y 3 hs a la tarde (17 a 20), en total x semana son 28 hs. Mi empleador me anoto como 3ra categoria por Sanidad; lo que necesito saber es de cuanto tiene que ser mi sueldo, si esa es la categoria que me corresponde y de cuanto es el importe x antiguedad? Muchas gracias!!!
26 mayo 2009 a las 6:42 pm
necesito saber si se pagan al 100 % las horas del domingo trabajado.
21 mayo 2009 a las 3:29 pm
Hola! querìa saber còmo hago para sacar el monto a pagarle a una secretaria de un local donde se alquilan consultorios a medicos , odontol, etc…por 4 y por 6 horas?
muchas gracias
12 mayo 2009 a las 8:15 pm
hola quiero saber cuanto teng q cobrar por trabajar 5 horas por dia de lunes a viernes hace tres años de inscripta, con categ 3 secretaria administ, cuando tenemos un aumento y de cuanto gracias
11 mayo 2009 a las 9:28 pm
trabaja 17 hs por mes mes por medio en corte de biopsias, no posee titulo solo curso de tecnicatura… cual seria su regimen y registración laboral dentro del convenio….exite relación laboral
5 mayo 2009 a las 7:10 am
Tengo la categoria Tecnico6º pero veo que no existe en la escala, me desempeñaba como encargado y me pagaban 2,288,51. esta bien??
26 marzo 2009 a las 4:16 pm
Marcela:
Dividi por 200 y multipla por la cantidad de horas que trabaja