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ANSES deberá reintegrar Dinero a un Trabajador Accidentado pagado por la ART

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, recibió una orden judicial por la cual deberá reintegrar dinero a un trabajador accidentado. Una persona que sufrió un accidente laboral y la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, depositó $186.000.- en la cuenta  que el trabajador tenía en la AFJP, tal como lo establecía la legislación entonces vigente. Y al disponerse la eliminación del sistema privado, ese dinero fue transferido a la ANSES, quién ahora lo tendrá que devolver incluido los intereses. El dinero traspasado a ANSES por la AFJP luego de la eliminación del sistema privado deberá ser pagado al trabajador los $186.000.-más los intereses, por orden Judicial. Dicho importe corresponden por una indemnización por incapacidad absoluta laboral ocasionada por […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, recibió una orden judicial por la cual deberá reintegrar dinero a un trabajador accidentado. Una persona que sufrió un accidente laboral y la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, ART, depositó $186.000.- en la cuenta  que el trabajador tenía en la AFJP, tal como lo establecía la legislación entonces vigente. Y al disponerse la eliminación del sistema privado, ese dinero fue transferido a la ANSES, quién ahora lo tendrá que devolver incluido los intereses.

El dinero traspasado a ANSES por la AFJP luego de la eliminación del sistema privado deberá ser pagado al trabajador los $186.000.-más los intereses, por orden Judicial.

Dicho importe corresponden por una indemnización por incapacidad absoluta laboral ocasionada por un accidente, fue depositado por la ART en la cuenta de la AFJP.

Los jueces que dictaron el fallo dicen que “el traspaso de esos fondos a la ANSES” no está previsto en la ley Nº 26.425 que eliminó a las AFJP por lo que corresponde que se lo reintegre al trabajador accidentado, más los intereses acumulados.

Los magistrados se basaron en la doctrina de la Corte Suprema que indica que, en el caso de que un accidente laboral produzca la muerte del trabajador o su incapacidad absoluta, el cónyuge o el damnificado pueden solicitar la indemnización sea abonada en un pago único y no en renta mensual.

Según publica el Diario Clarín en su momento cuando el trabajador solicitó su dinero, ANSES adujo que no existía ninguna norma que especificará que pasaba con los fondos depositados por las
ART en las cuentas privadas de las AFJP y que en el año 2008 fueron pasados al ente estatal.

De acuerdo al informe del matutino, la Justicia en primera y segunda instancia hizo lugar al amparó condenando a ANSES a abonarle el trabajador los $186.122 más los intereses.

Eduardo Álvarez, Fiscal General de la Cámara de Apelaciones del Trabajo, en otras causas anteriores ya había sostenido que la ley que eliminó el sistema privado fijó que los fondos que debían transferirse a la ANSES eran pura y exclusivamente los previsionales sosteniendo que la AFJP traspasó indebidamente los fondos.

Ordenando a la AFJP a que los fondos sean restituido al damnificado, sin perjuicio del reclamo que pudieran efectuar las AFJP a ANSES. Fallo que fue ratificado en la Sala II de la Cámara.

Horacio Schick, abogado indicó que: “estas sentencias permiten que los damnificados por altas incapacidades o los herederos de los trabajadores fallecidos que no cuestionaron inicialmente el pago en renta de las indemnizaciones, pueden reclamar el pago único de los saldos no percibidos en un acción de amparo”.

4 comentarios en “ANSES deberá reintegrar Dinero a un Trabajador Accidentado pagado por la ART”

  1. queria preguntar ,a mi me echaron estado con un accidente laboral enses me tiene que pagar algo por ,la art que en este caso es la caja.gracias al que me sepa decir

  2. SEÑORES QUE DECIDEN SOBRE COMO TIENEN QUE COMER LOS JUBILADOS, YA NI ARROS, MENOS FIDEOS, REMEDIOS NI QUE HABLAR,USTEDES PIENZAN QUE UN JUBILADO PUEDE VIVIR CON $1000, YO QUISIERA QUE ME DIGAN, CON CUANTO VIVEN USTEDES, Y CON SINCERIDAD ME CONTESTEN ESTA PREGUNTA ( ¿PUEDEN DURANTE UN MES TOMAR UNA CUOTA DE MIL PESOS Y TRATAR DE MANTENERSE LLEVANDO UN RITMO NORMAL DE GASTOS, COMIDA, IMPUESTOS Y REMEDIOS ? SEÑORES UNA PERSONA QUE APORTO DURANTE MUCHOS AÑOS NO DEBERÍA PASAR NECESIDADES UN SUELDO MINIMO EN ESTOS MOMENTOS DE GRAN INFLACIÓN NUNCA PUEDE SER DE $1000 LLEGANDO A $1200 DADO EN CUOTAS, ACTUEN COMO SI USTEDES TUVIERAN PADRES A LO CUAL NO LOS PUEDEN AYUDAR Y ELLOS COBRARAN ESA JUBILACIÓN, UN JUBILADO EN ESTOS MOMENTOS TENDRÍA QUE PERCIBIR $3000 PARA PODER IR DE ACORDE A COMO ESTA EL PAÍS, EN SUBA, Y NOS ES UN DELIRIO ES UNA REALIDAD ¿ O USTEDES NO VAN AL MERCADO? !CLARO QUE NO, VAN SUS MUCHACHAS!! QUE VAN A SABER DE COMPRAS, SI LA BUENA COMIDA ESTA EN SU MESA. ADEMÁS LA PLATA DE LOS JUBILADOS NO SE TIENE QUE TOCAR PARA NADA, SOLO PARA LO QUE ESTÁ DESTINADA, TAMPOCO SE TENDRÍA QUE DEBATIR CUANDO SE LES AUMENTA A LOS JUBILADOS, ¿SACARON CUENTAS DE LOS DIAS DEBATIENDO CUANTO NOS CUESTA A LOS ARGENTINOS?

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