Los trabajadores de la construcción agrupados en la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina, UOCRA, cuando finaliza el trabajo no cobra una indemnización por despido como el resto de los trabajadores, sino que los empleadores están inscriptos en el Instituto de Estadística y Registro de la Industria de la Construcción, IERIC, y depositan en una cuenta de forma mensual un aporte sobre el sueldo del obrero. Estos una vez finalizado el trabajo tanto sea por despido, voluntario o cualquier causa, cobran el Fondo del cese Laboral.
Los obreros de la construcción cobran el fondo del Cese Laboral depositado por su empleador en una cuenta especial en el banco de la zona, a nombre del trabajador, durante el tiempo de servicio prestado. Si la antigüedad es inferior al año se deposita el 12% del total de remuneraciones y si es mayor al año se deposita un 8%.
Antes el maneja era con la Libreta del Fondo de Desempleo, la cual se puede utilizar hasta el mes de marzo de 2011, ya que la misma fue reemplazada por la tarjeta “Soy Constructor”.
¿Quienes Cobran el Fondo del cese Laboral?
El Fondo del Cese Laboral lo cobran todos los trabajadores de la UOCRA al finalizar su relación laboral, ya sea por renuncia, despido o cualquier otra causa.
Si el trabajador inició sus tareas después del día 20 del mes y se retira antes del día 15 del mes, el empleador puede hacer el pago de manera efectiva, caso contrario tiene la obligación de abrir la cuenta especial.
¿Cómo cobran el Fondo del Cese Laboral?
Cuando finaliza la relación laboral, el empleador debe entregarle al obrero la libreta del fondo de Desempleo, si todavía no tramito la tarjeta “Soy Constructor”, corresponde la manual, caso contrario entregara las Hojas Móviles.
En ambos casos, debe estar completa y debidamente firmada indicando el nombre del banco y sucursal donde fueron depositados los fondos.
Pregunta:
si mi padre fallecio y estaba trabajando corresponde el fondo de desempleo
Andres
Si el beneficiairo que puso en la tarjeta del Banco donde se deposito el dinero lo cobra
hola queria por favor si me pueden ayudar hace dos años deje de trabajar para una empresa de cosntruccion ,,nunca tube ni cobre esa tarjeta ieric ,,queria saber si todavia puedo reclamar el pago gracias a todos
juanjose
No tenes que reclamar la tarjeta del IERIC ya que seguramente vos tenias o tenes la libreta ?tenes que reclamarle al empleador en que banco te hizo los aportes y deberían estar allí, caso contrario te lo debe el empleador
Por favor que alguien conteste, el arquitecto E.T fue con sus empleados a cobrar al banco este supuesto cese laboral y cuando los chicos cobraron, este adjudico que esa plata no les correspondia y cobro el, los trabajadores se quedaron sin su plata. Igualmente ya se esta haciendo las denuncias correspondientes. El empleador no puede quedarse con la plata que fue depositando? es un fraude. Les paso algo parecido?
Anonimo
Esta bien que lo denuncien Esa plata es de los empleados pero no se como van a justificar que el les saco la plata, ya que el cobro lo hicieron los trabajadores
quiero saber si yo renuncio por voluntad propia tengo derecho a cobrar el cese laboral. Ya hace 4 años que estoy en la empresa.gracias
mario
Construción si cobras la plata esta depositado en una cuenta en un banco
Hola . Soy empleado desde el 2003 y quisiera saber como es la actualización del fondo de cese laboral .
Un saludo y gracias .
Angel
Ese dinero esta en una caja de ahorro de Banco actualización? la del banco