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Estoy de Licencia por Maternidad, ¿cuánto cobro de aguinaldo?

Este mes, los empleadores deben efectuar el pago del primer medio Sueldo Anual Complementario (SAC) a sus trabajadores en relación de dependencia. Al momento de calcular el mismo es necesario aplicar el 50% a la mejor remuneración que hayan percibido a lo largo de este año. Para el caso de las empleadas que se hayan tomado Licencia por Maternidad, el cálculo del aguinaldo se tiene que efectuar de manera proporcional descontando dicho tiempo. El cobro del aguinaldo para las trabajadoras que hayan tomado Licencia por Maternidad a lo largo del primer semestre será proporcional en base al tiempo que hayan trabajado. Esto es porque, mientras ellas cobren dicha Asignación Familiar, la cual es pagada por ANSeS, se produce una interrupción […]

Este mes, los empleadores deben efectuar el pago del primer medio Sueldo Anual Complementario (SAC) a sus trabajadores en relación de dependencia. Al momento de calcular el mismo es necesario aplicar el 50% a la mejor remuneración que hayan percibido a lo largo de este año. Para el caso de las empleadas que se hayan tomado Licencia por Maternidad, el cálculo del aguinaldo se tiene que efectuar de manera proporcional descontando dicho tiempo.

El cobro del aguinaldo para las trabajadoras que hayan tomado Licencia por Maternidad a lo largo del primer semestre será proporcional en base al tiempo que hayan trabajado. Esto es porque, mientras ellas cobren dicha Asignación Familiar, la cual es pagada por ANSeS, se produce una interrupción del servicio que presta la empleada.

En dichos casos, los empleadores deberán efectuar un cálculo proporcional del aguinaldo.

Para efectuar la cuenta es necesario tomar el mejor sueldo que hayan percibido a lo largo de estos seis meses y dividirlo por dos, lo cual arrojará el SAC que se hubiera percibido en caso de que hubiera trabajado a lo largo de todo el semestre. A dicho importe es necesario dividirlo por la cantidad de días que correspondan a los seis meses y multiplicarlo por el número de días trabajados.

Por ejemplo, en caso de que la mejor remuneración haya sido de $6.800 y se hayan trabajado 170 días es necesario hacer la siguiente cuenta:

6.800 / 2 = 3.400 / 181 = 18,78 X 170 = 3.193,37

Un dato a tener en cuenta es que a este nuevo valor se deben aplicar los descuentos que correspondan para que arroje el aguinaldo neto a cobrar.

SAC Bruto: $ 3.193,37
– Jubilación (11%): – $ 351,27
– Obra Social (3%): – $ 95,80
SAC Neto a cobrar: $ 2.746,30

94 comentarios en “Estoy de Licencia por Maternidad, ¿cuánto cobro de aguinaldo?”

    1. Carolina el empleador debe pagarte Aguinaldo proporcional por el tiempo trabajado o sea desde 1/1/2018 y hasta 13/03/2018 y desde 15/06/2018 y hasta 30/06/2018
      Calculo: Mejor sueldo percibido en ese periodo divido 2 el resultado multiplicado x 88 y dividido por 180

  1. Hola, yo estube todo mi embarazo con carpeta medica por que era un embarazo de alto riesgo, empeze con licencia por maternidad el dia 27/11/2017 , y queria saber si me corresponde aguinaldo, por que mis empleadores no me dijeron nada y en ANSES me dijeron que corresponde que mis empleadores me lo paguen. Espero su respuesta desde ya muchas gracias

    1. Liz Tu empleador debe pagarte proporcional al tiempo trabajado, o sea hasta el 26/11/2017 si es que estuviste cobrando sueldo, sobre cobro Licencia por maternidad no pagan aguinaldo

    1. Maria eugenia Si, tu empleador debe pagarte aguinaldo proporcional y el calculo es así: Mejor remuneración bruta de lo cobrado desde octubre a diciembre de 2017 / 2 y lo volves a dividir por 2, ya que de los 180 días trabajaste 90 y es justo la mitad

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