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ANSES: Pensión por Fallecimiento por Internet

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, dispone de una herramienta por la cual usted puede tramitar la pensión por fallecimiento del titular por Internet. Para realizar el trámite de la Pensión Derivada del beneficio jubilatorio del titular fallecido, debe ingresar a la página de ANSES, sección Autopista de Servicios; Jubilados y pensionados y luego Pensión por fallecimiento de un beneficiario. Debe tener presente que para poder acceder a esta prestación usted deberá tener, al momento de la solicitud, acreditados los datos, que a continuación se detallan : Datos personales. Relaciones con el beneficiario fallecido (Parentesco). Fecha de defunción del beneficiario fallecido (Partida de defunción). Luego una vez ingresado al sistema deberá ir completando la solicitud y corrigiendo los […]

La Administración Nacional de la Seguridad Social, ANSES, dispone de una herramienta por la cual usted puede tramitar la pensión por fallecimiento del titular por Internet. Para realizar el trámite de la Pensión Derivada del beneficio jubilatorio del titular fallecido, debe ingresar a la página de ANSES, sección Autopista de Servicios; Jubilados y pensionados y luego Pensión por fallecimiento de un beneficiario.

Debe tener presente que para poder acceder a esta prestación usted deberá tener, al momento de la solicitud, acreditados los datos, que a continuación se detallan :

  • Datos personales.
  • Relaciones con el beneficiario fallecido (Parentesco).
  • Fecha de defunción del beneficiario fallecido (Partida de defunción).

Luego una vez ingresado al sistema deberá ir completando la solicitud y corrigiendo los datos en la base de ANSES, en la medida bajan apareciendo en pantalla. Dicha acreditación es un trámite muy sencillo y el programa le va a decir la documentación que debe acompañar.

Tenga en cuenta que no podrá tramitar por Internet solicitudes de pensión por fallecimiento de beneficiarios:

  • Cuando el fallecimiento se haya producido en un lapso mayor a cuatro meses.
  • Correspondan a ex – Cajas Transferidas con marca de retiro de Policía o Penitenciaría.
  • Derivado de una pensión Honorifica de Veterano de Guerra del Atlántico Sur.
  • Separado/a judicialmente o divorciado/a
  • So el solicitante hubiese extraviado su Documento Nacional de Identidad.

También quedaran excluidas las solicitudes:

  • A las cuales  deba darse intervención a las Comisiones Médicas (Hijos mayores de 18 años incapacitados).
  • Cuyos hijos solicitantes, a la fecha de petición tengan cumplidos los 18 años.
    si el solicitante es titular de una prestación por edad avanzada.

¿Quiénes se encuentran habilitados para solicitar esta prestación a través de este medio?

  • Viuda/o del beneficiario fallecido (Cónyuge o concubino/a previsional), y sus hijos/as solteros hasta 18 (dieciocho) años y que no gocen de otro beneficio.

Sepa ¿Qué datos se les solicitará a continuación?

La persona que realice el trámite por Internet debe tener a disposición ya que el sistema le solicitará los siguientes datos:

  • Número de Beneficiario y Expediente de otro beneficio que percibe el solicitante.
  • Número de CUIL del Fallecido (causante).
  • Número de CUIL del Solicitante.
  • Si tuviera hijos menores de edad por los cuales va a coparticipar el beneficio, debe informar el CUIL de cada uno de ellos.
  • Domicilio del solicitante (allí recibirá la notificación de pago): Calle, número, piso, Dpto., localidad, provincia, Código postal, teléfono de contacto, dirección de correo electrónico, número de beneficio del fallecido.

Una vez que tenga todos los elementos puede Iniciar el Trámite de Pensión por Fallecimiento de un beneficiario

71 comentarios en “ANSES: Pensión por Fallecimiento por Internet”

  1. MI HIJO FALLECIO EN 2007 Y PERTENECIA A UN AFJP,QUE PASO A ASES,TENGO UNA PENSION POR FONDOS HEREDABLES.¿QUE TENGO QUE HACER PARA TRAMITARLA?

  2. hola quisiera saber si mi mama tiene alguna posibilida de cobrar la pension ya que mi papa fallecio hace tres años y tiene aportado casi diez años

  3. Hola, quiero saber si yo puedo tramitar la pension para mi mamâ,por este medio, o es necesario que lo haga con un gestor,para que sea mas rapido,y si el tramite es muy engorroso y necesito mucho tiempo disponible,muchas gracias.-

    1. Maria Angela

      La pensiones directas no son engorrosa son bastante rápidas, siempre depende del trámite. Muchas veces sale más tarde cuando pones gestor que cuando se hace personamente, pero bueno cada uno sabe. Se pide un turno por telefono o por internet y te explican todos los papeles que tenes que llevar el dia citada.

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