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AFIP: Solicitar Devolución de Percepciones por Mis Aplicaciones Web

Este mes, AFIP comenzaría a efectuar el reintegro de las retenciones por compras con tarjetas de crédito en el exterior, compra de dólar ahorro/turista y adquisición de pasajes o paquetes turísticos al extranjero en 2015. En este artículo, EconoBlog explica cómo solicitar la devolución de percepciones por Mis Aplicaciones Web de www.afip.gob.ar. Las personas a las que se les han aplicado percepciones en 2012, 2013, 2014 y 2015 por operaciones en moneda extranjera tienen la oportunidad de solicitar una devolución de las mismas por medio de la página de AFIP siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos. Para hacerlo es necesario tener CUIL, lo cual no es lo mismo que CUIL y debe ser gestionado en la dependencia del […]

Este mes, AFIP comenzaría a efectuar el reintegro de las retenciones por compras con tarjetas de crédito en el exterior, compra de dólar ahorro/turista y adquisición de pasajes o paquetes turísticos al extranjero en 2015. En este artículo, EconoBlog explica cómo solicitar la devolución de percepciones por Mis Aplicaciones Web de www.afip.gob.ar.

Las personas a las que se les han aplicado percepciones en 2012, 2013, 2014 y 2015 por operaciones en moneda extranjera tienen la oportunidad de solicitar una devolución de las mismas por medio de la página de AFIP siempre y cuando cumplan con una serie de requisitos. Para hacerlo es necesario tener CUIL, lo cual no es lo mismo que CUIL y debe ser gestionado en la dependencia del organismo más cercana, y Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3; declarar el CBU de la cuenta bancaria en la que se quiera recibir el cobro; haberse adherido al Domicilio Fiscal Electrónico, lo cual se puede hacer siguiendo los pasos indicados AQUÍ; y haber cancelado todas las deudas y/o regularizado inconsistencias.

La solicitud de percepciones por compra de dólar se puede efectuar por los siguientes sujetos:

  • Aquellos que estén inscriptos únicamente en Bienes Personales.
  • Los monotributistas que no estén inscriptos en Bienes Personales.
  • Los empleados en relación de dependencia sin retenciones de Ganancias.
  • Los que no están inscriptos en Ganancias ni Bienes Personales.

Antes de realizar la presentación del formulario para solicitar el reintegro de las percepciones, el usuario debe declarar su CBU. Para hacerlo es necesario ingresar a www.afip.gob.ar con el CUIT y la Clave Fiscal; y dirigirse a la opción «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social».

Los pasos a seguir para solicitar la devolución de percepciones por compras en dólares son los siguientes:

  • Ingresar en la página de AFIP con el CUIT y la Clave Fiscal.
  • Acceder al servicio «Mis Aplicaciones Web».
  • En la solapa «Nuevo» es necesario generar el Formulario 746/A seleccionando «AFIP» en el campo «Organismo», «F.746/A – Devoluciones y Transferencias» en «Formulario» y el período fiscal que corresponda en formato AAAAMMM (Año mes).
  • En pantalla se mostrará el listado de las percepciones cargadas en el sistema. Es necesario seleccionar las que se quieran solicitar. En caso de no haber alguna, es posible agregarla manualmente pulsando en el botón «Agregar percepción».
  • Para realizar la presentación se debe pulsar en «Presentar» y luego en «Sí».

Si bien AFIP ya ha realizado la devolución de las percepciones que van de 2012 a 2014, los contribuyentes que aún no las han solicitado pueden hacerlo.

Es importante tener en cuenta que el reintegro se realiza en seis cuotas para importes altos. Las primeras cinco de ellas con un tope de $6000 y la sexta con el saldo restante.

42 comentarios en “AFIP: Solicitar Devolución de Percepciones por Mis Aplicaciones Web”

  1. Buen día, quería consultar si alguien sabe qué significa la leyenda que me sale en las presentaciones que hice sobre el 2015:

    F746/A – CUIT [xxxx] – PERIODO [201511] – TRANSACCION [460425157] – FECHA CONSULTA [18-08-2016 08:55]
    IMPORTE [$ xxxx]
    ESTADO [EN TRÁMITE (0-30)] FECHA ESTADO [13-08-2016]
    Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:

    Se verifica que usted posee un Saldo de Libre Disponibilidad en su Declaración Jurada de Ganancias para el período en cuestión. El trámite deberá continuarlo en la dependencia.

    Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible

    El 2014 lo tengo todo aprobado y aún no recibí ningún pago.
    Pero me llama la atención la leyenda que sale sobre los del 2015 porque dice que tengo «saldo a favor» y debo seguir el trámite en la dependencia …????

  2. Jorge como andas ,a mi me figura así

    ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [13-08-2016]

    [17462475 – 3D] Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. debió haber sido sujeto pasible de retención del impuesto a las ganancias por su trabajo en relación en dependencia / jubilación. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.

    ACEPTAR

    Yo no pagaba ganancias x el decreto del 2013.
    Gracias

    1. Santiago No pagabas pero por tus ingresos quizás tenias que haber presentado Ganancias simplificada o informativa de Bs. Ps., pero bueno espera y haber que te dicen

  3. Pregunto Se puede hacer un pronto despacho a la dependencia que corresponda de afip? Adjuntando copias de los comprobantes emitidos por el banco a cual compre los dolares! Ya que en mi caso al hacer oportunamente las presentaciones de la ddjj percepciones del 2015 ya estaban cargadas las percepciones a devolver en el sistema de afip que coincidía con lo retenido por el banco (entiendo información cruzadas donde se compro los dolares). Ahora bien me parece raro que desde julio presente las ddjj y venia consultando el estado y siempre aprobado y hoy me encuentro con que notas créditos percepción negativas etc
    ….. Como les sale a muchos acá la leyenda esa. En la afip siempre te pueden decir cualquier cosa porque a veces quien te atiende no sabe una opinión siempre con formulario multinota y acreditando lo que se dice (copias de la factura compra dólar donde se ve la retención y copia de la ddjj correspondiente a ese período reclamado y fotocopia dni) asi se toman x lo menos el laburo de Cotestar y que llegue a tu domicilio la carta conteste de afip. Es una opinión en el caso que no devuelvan por más que salga la leyenda la que a la mayoría les aparece.

    Como reclamaria las operaciones que hice yo por ejemplo en periodo enero 2015 (compras con tarjeta débito en Brasil) por defecto presente la ddjj correspondiente a ese período que informo el banco (mi agente de retención) de eso no tengo documentación respaldatoria no lo pensé todabia si saquen sabe algooooooo que comparta o que hacer

  4. Disculpen la insistencia, a todos le terminaron de devolver periodo 2014?? teniendo todo aprobado porque a mi no, si alguien esta en la misma situación me lo podría decir, gracias

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