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Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma: Abril de 2008  8% Julio 6% Septiembre 6% Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos. Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas En el mes de junio de 2008 se abonara: Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad. Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa En el mes de diciembre de […]

La Federación Argentina de Empelados de Comercio y las cámaras de Comercio, acordó un 20% de aumento salarial sobre las remuneraciones que percibían los trabajadores asociados a OSECAC sobre los básicos del mes de marzo de 2008 a cobrar de manera escalonada según el siguiente cronograma:

  • Abril de 2008  8%
  • Julio 6%
  • Septiembre 6%
  • Se continua abonando las suma de $100.-  sin que el monto sea acumulable para los anteriores aumentos.

Estos aumentos se abonaran en rubro separado y en forma No Remunerativas

En el mes de junio de 2008 se abonara:

  • Se comenzara a pagar en rubro separado el 0.5% por año de antigüedad.
  • Se abonará el 25% de las sumas no remunerativa

En el mes de diciembre de 2008 se abonará el 50% de  lo abonado hasta esa fecha de las sumas no remunerativas.
Se activara el Instituto de Capacitación del art.102 del CCT a financiar con una contribución empresarial del 0,5% aplicado sobre el salario básico de la categoría Maestranza A inicial.
 

Baja la Planilla Excel, liquida tu sueldo en junio

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826 comentarios en “Empleados de comercio, liquida tu propio sueldo, baja esta planilla Excel”

  1. Con respecto a la duda que tiene Elena, que era la misma que yo tenia, llame al Sindicato Empleados de Comercio, Asuntos Gremiales y alli me dijeron que el 25% adicional debe tratarse como si fuera un aguinaldo de las sumas no remunerativas, tomar para el calculo la mejor suma no remunerativa pagada, que en la mayoria de los casos sera junio. Espero que les sea de utilidad.

  2. La verdad es que quedan bastantes dudas sobre el 25% extra de los no remunerativos… Ojalá puedas explicarnos mejor, Graciela. Como plantean Lucas y Hernán, será sobre los no remunerativos abonados en abril, mayo y junio? Esa fue mi primera lectura, pero a Hernán le contestaste que es sobre lo de junio solamente. En tu planilla de Excel (que está EXCELente, gracias) debajo dice «Sumar lo cobrado abril y mayo no remunerativo», por lo que las dudas no se blanquean. Sumamos los 300 más los cien y pico de cada mes, y les aplicamos el 25%? Muchas gracias por compartir tus conocimientos generosamente a través de este sitio!

  3. Hola, mi sueldo bruto es de $2100, soy administrativa de 10 años de antiguedad . Me corresponde la liquidacion por antiguedad?? de corresponder,debo calcular el 0.5% x año de mi sueldo o tomar el basico de tablas?. MUCHAS GRACIAS POR TU AYUDA! VERONICA

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