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Certificación de Servicios y Remuneraciones

 La AFIP en su resolución Nº 2316/07 dispuso que el Certificado de Servicios y Remuneraciones del articulo Nº 80 de la Ley de Trabajo Nº 20.744 y en el articulo 12, inciso g) de la Ley Nº 24.241 que los empleadores deben entregar a su personal una vez que egrese del establecimiento se realizara vía Internet. El sistema se encuentrara disponible en las páginas de la AFIP y de ANSeS, a partir del el primer día, inclusive, del mes siguiente a aquel en que se encuentre operativo el sistema aprobado.  Con los datos del “Registro de Altas y Bajas en Materia de la Seguridad Social”,, y de otras bases informáticas de ANSeS y de AFIP, basta para la confección del […]

 La AFIP en su resolución Nº 2316/07 dispuso que el Certificado de Servicios y Remuneraciones del articulo Nº 80 de la Ley de Trabajo Nº 20.744 y en el articulo 12, inciso g) de la Ley Nº 24.241 que los empleadores deben entregar a su personal una vez que egrese del establecimiento se realizara vía Internet.

El sistema se encuentrara disponible en las páginas de la AFIP y de ANSeS, a partir del el primer día, inclusive, del mes siguiente a aquel en que se encuentre operativo el sistema aprobado.

 Con los datos del “Registro de Altas y Bajas en Materia de la Seguridad Social”,, y de otras bases informáticas de ANSeS y de AFIP, basta para la confección del formulario de certificación de servicios y remuneraciones:

  • Las declaraciones juradas determinativas y nominativas de aportes y contribuciones con destino a los distintos subsistemas de la seguridad social, presentadas por los empleadores.

  •  El sistema “Mi Simplificación”.

  •  Las bases de datos de la ANSeS.

Para la generación y emisión de la certificación de servicios y remuneraciones, será condición previa y necesaria que:

  • a) La relación laboral este registrada en “MI SIMPLIFICACIÓN”,siempre que ello sea obligatorio.

  • b) Estén presentadas las DDJJ de los períodos no prescriptos posteriores a junio de 1994, comprendidos en la certificación de servicios y remuneraciones a generar.

  • c) Se rectifiquen las declaraciones juradas indicadas en el inciso precedente, cuando los datos a certificar no guarden relación con los declarados.

Si el sistema informa que la DDJJ -original o rectificativa- se encuentra “en error”, los datos necesarios para emitir la certificación deberán ser ingresados.
Si la certificación comprende períodos previos junio/94, inclusive, para ubicar los datos en los registros históricos de la ANSeS, el sistema podrá requerir:

  • a) El número de cuenta o de inscripción del empleador de la D.N.R.P.

  • b) El número de afiliación del trabajador ante la ex Caja de Previsión Social.

  • c) Los distintos números de documentos que posea el trabajador (DNI, DU, CI, LC, LE y/o pasaporte).

14 comentarios en “Certificación de Servicios y Remuneraciones”

  1. hola: tengo que presentar una certificacion de servicios para inscribirme en una institucion educativa, pero yo no he tenido ningun trabajo estable hasta el momento, ni he tramitado mi clave de seguridad social. que debo hacer? podrian ayudarme? gracias.

  2. Hola Graciela, estoy realizando una certificación de servicios de una empleada que tiene 10 años y 3 meses de antiguedad, pero en la certificación Anses me aparecen solamente los 10 años, ya que los 3 meses coinciden con el período en que la empleada estuvo en licencia por maternidad, esta bien que esos 3 meses no se le reconozcan????
    Muchas Gracias
    Gabriel

  3. Hola: una ex empleada doméstica me pide una certificación de servicios, pero al no estar comprendida en la ley de contrato de trabajo nunca lo puse en mi simplificación ni he presentado declaración jurada. Cómo obtengo la certificación de la Afip?

  4. Hola Graciela, te consulto: se aclara el período de maternidad y excedencia en la certificación de servicios, como?.
    muchas gracias.

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