Jubilada frente a oficina de Anses

Aumento de Renta Vitalicia de AFJP a Jubilados

Aumento de Renta Vitalicia de AFJP a Jubilados ordenado por la Corte de la Seguridad Social a ANSES.

La Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social ha equiparado los aportes que se ha realizado a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) con los del régimen previsional público. Con lo cual estipuló que la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) debe aplicar un aumento de la renta vitalicia de esos jubilados tal como lo hace con aquellos que han aportado al sistema de reparto a lo largo de su vida laboral.

La Cámara de la Seguridad Social considera que la renta vitalicia reviste naturaleza previsional y que es de carácter alimentario.

Un jubilado demandó a ANSES debido a que se le negó el pago las diferencias entre la renta vitalicia por los años aportados al Régimen de Capitalización y lo que debía percibir por el concepto de Prestación Adicional por Permanencia.

Sin embargo, la Justicia consideró que las rentas vitalicias por aportes a AFJP deben recibir el mismo tratamiento que las jubilaciones otorgadas por registrar aportes al régimen de reparto.

En el fallo se ordena al organismo a cargo de Emilio Basavilbaso a aplicar un aumento del haber inicial del jubilado por los aportes efectuados a las AFIP con el concepto de «renta vitalicia» como si se hubieran realizado al régimen previsional público, tomando en cuenta la totalidad de años de servicio registrados con posterioridad al 30 de junio de 1994.

Desde que asumió el Presidente Mauricio Macri se intentó disminuir la cantidad de juicios a ANSES. Para ello se puso en marcha el Programa de Reparación Histórica. Sin embargo, la Reforma Previsional ha llevado a que muchos adultos mayores inicien causas en las cuales la Cámara de la Seguridad Social resolvió a su favor considerando que se debe tomar el Índice de Salarios Básicos de la Industria y Construcción (ISBIC) en lugar de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE), que es menor, como se está haciendo a partir de este año para ajustar los haberes.

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