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Liquidación de las contribuciones y aportes a las Cargas Sociales, sumas No Remunerativas

Muchos son los acuerdos salariales otorgados en los cuales se abonan sueldos como sumas «No Remunerativas» sobre las cuales no se aplican aportes y contribuciones correspondientes a la Seguridad Social pero si a las Obras Sociales El Aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, desdobla la base de cálculo del aporte y de la contribución con destino a la obra social en remuneraciones distintas -4 y 2 respectivamente-, y como los sindicatos negociaron aumentos otorgados mediante sumas no remunerativas que contribuían y aportaban a la obra social solamente, estas sumas “semi-contributivas” se sumaban a la Remuneración 4 a los efectos de este cálculo. Ahora con el nuevo aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, Versión 30, sí se […]

Muchos son los acuerdos salariales otorgados en los cuales se abonan sueldos como sumas «No Remunerativas» sobre las cuales no se aplican aportes y contribuciones correspondientes a la Seguridad Social pero si a las Obras Sociales

El Aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, desdobla la base de cálculo del aporte y de la contribución con destino a la obra social en remuneraciones distintas -4 y 2 respectivamente-, y como los sindicatos negociaron aumentos otorgados mediante sumas no remunerativas que contribuían y aportaban a la obra social solamente, estas sumas “semi-contributivas” se sumaban a la Remuneración 4 a los efectos de este cálculo.

Ahora con el nuevo aplicativo Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, SIJP, Versión 30, sí se suma a la «Remuneración 4» calcula el aporte y no la contribución de Obra Social. Pero no corresponde sumar a la «Remuneración 2», ya que calcula la contribución de Obra Social y además el 10,17 % de Jubilación y el 1,50 % de INSSJP.

La AFIP, cuando se le pregunta  cómo se debe  ingresar el 6% de la contribución patronal de la Obra Social sobre sumas “no remunerativas “, acordadas en negociación colectiva a partir de la versión 30, contesta  que “para abonar contribuciones de Obra Social por el aumento no remunerativo mencionado, dicho monto debe indicarse en el campo importe Adicional de Contribuciones de la pestaña Obra Social”.

04/12/2008 Infobae

72 comentarios en “Liquidación de las contribuciones y aportes a las Cargas Sociales, sumas No Remunerativas”

  1. Graciela: Por favor necesito tu ayuda. me gustaria saber si en su declaracion online con solo poner los no remunerativos en el casillero respectivo (donde tambien se encuentra el sueldo, dias trabajados etc.) directamente liquida la parte de la obra social no remunerativa.

  2. muchas gracias!!

    y otro pregunta la obra social lleva como minimo en aporte y tambien en contribuciones 176 HS ? esa diferencia donde se carga en el 931?

    y con respecto a Jubilacion de acuerdo a al regime jubilatorio diferencia ley 26494 tengo que calcular un 2% mas de contribucion adicional? en el 931 donde lo cargo?
    siempre halbo de construccion??

    gracias

  3. Hola graciela queria saber si para un empleado de la construccion tuvo un accidente de trabaja tengo que calcular el IBM o directamente calculo todas las horas como si hubiera trabajado!!
    gracias

  4. Hola, necesito ayuda para rectificar unos 931 de empleados de comercio. No entiendo cómo poner las sumas no remunerativas, ya que cuando quiero hacer las ddjj del 2008 no me aparecen los casilleros 4 y 8 donde se supone que van. Espero que me puedan ayudar!!! Muchas gracias.

  5. Hola!! Tengo que liquidar los sueldos y cargas sociales de varios trabajadores rurales. Además del Formulario 931, debo determinar el aporte al sindicato (UATRE) mediante un aplicativo conocido como U – SIL y el Fondo de Sepelio mediante boletas emitidas por el mismo gremio. Mi pregunta es: Hay alguna otra cosa que deba presentar en estos casos??

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