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Los sueldos altos bajarán, en el mes de febrero 2007, salvo por la deducción del impuesto a las ganancias.

A partir de este mes los sueldos empezarán a sentir el doble impacto. Por un lado, la suba del aporte jubilatorio, paso del 7% al 11% para los trabajadores afiliados a las AFJP y por el otro se sumará el aumento a $ 6.750.- del tope salarial sobre el cual se calcula el descuento para la obra social. En definitiva en el mes de febrero los sueldos altos sufrirán una rebaja del 5%, lo que representa entre $200.- y $300.- por mes. Mientras que unos pocos en lugar de sufrir una merma en su salario recibirán un incremento, si tenemos en cuenta el impacto de las modificaciones en el Impuesto a las Ganancias.

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Resolución General Nº 2409, prorroga del pago

El día 11 de enero de 2008 la AFIP publico la Resolución General Nº 2409, relativa al Régimen Especial de Regularización para Autónomos y Monotributistas. La Resolución General establece que para los trabajadores autónomos y monotributistas adheridos al régimen especial de regularización instaurado por el título II de la Ley 25.865 y reglamentado mediante la RG 1624, será considerado en término el pago de la cuota correspondiente al mes de diciembre de 2007, cuyo importe se haya debitado de la respectiva cuenta bancaria el 4 de enero de 2008.

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Impuestos automotores municipalizados, Ley 13.010

Los vehículos años 1979 a 1986 inclusive a partir del le. día del mes de enero de 2007 dejaron de tributar por la Ley 13.613, pero si poseen deuda anterior a esa fecha deberán cancelar la misma. VENCIMIENTOS AÑO 2007 1ra. cuota 31/07/2007 2da. cuota 10/09/2007 3ra. cuota 10/12/2007 Sin poseen deuda municipal pueden obtener beneficios de la Ley 13010 art. 13 con un descuento del 50% sobre los intereses deben dirigirse a la Municipalidad y llevar:

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Para aplicar la Ley de Tickets todavía existen dudas

Ya pasaron dos meses después de la aprobación de la ley que reformó el sistema de vales alimentarios, las empresas esperan la reglamentación de varios aspectos que, según los asesores, no quedaron claros en el texto votado por el Congreso. El Ministerio de Trabajo, ya redactó un decreto reglamentario que, se encuentra a la espera de la firma de la Presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, y de su publicación en el Boletín Oficial. La ley establece que los montos hasta ahora abonados en vales deberá convertirse en remuneración y, por lo tanto, considerarse para los aportes y contribuciones a la seguridad social. El pase deberá concretarse en un plazo de 20 meses y a razón de un 10% del total

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AFIP, vencimiento reintegro anticipo poca gente pidió su devulocion

El día domingo 10 de febrero vence el plazo otorgado por la AFIP para pedir el reintegro de los anticipos 2007 de Bienes Personales pagados, sobre un total de 300.000 contribuyentes afectados solo 3.200 pidieron el reintegro. En u7n país donde se hace difícil creer que un ente de recaudación puede devolver plata a los contribuyentes, frente a esta posibilidad para 300.000 personas, solamente y quedando apenas cinco días para que cierre el plazo, solamente 3.200 contribuyentes hicieron el trámite para que la AFIP les reintegre lo que pagaron de más el año pasado por el impuesto sobre los Bienes Personales. Los datos fríos indican lo siguiente: desde fin de diciembre pasado hasta ahora hubo solamente 3.216 solicitudes que se

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AFIP, vencimiento, devolución Anticipos Bienes Personales

Recordamos que le día 10 de febrero de 2008 vence el plazo expedido por la AFIP para pedir el reintegro de los anticipos a los Bienes Personales del 2007 pagados hasta la fecha. Para pedirlo deberá habilitar el servicio “Bienes Personales (Ley Nº 26.317) – Régimen Excepcional de Anticipos,  si al habilitar el servicio Bienes Personales (Ley Nº 26.317) – Régimen Excepcional de Anticipos arroja el mensaje “La persona no se encuentra habilitada para operar con el servicio”. Para habilitar el servicio tenga en cuenta lo siguiente: * El total de bienes sujeto a impuesto de la DDJJ 2006 no supere los $305.000. * Tener dado de alta el Impuesto en el Padrón de la AFIP * Haber realizado pagos

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Vencimiento de la devolución de los anticipos de Bienes Personales

Recordamos que hasta el día 10 de febrero de 2008, los contribuyentes que presentaron las declaraciones juradas en el impuesto a los Bienes Personales ejercicio 2006 con patrimonio igual o menor a $305.00.- podrán solicitar la devolución de los pagos excedentes realizados como ant5iicpos correspondientes al periodo 2007.- El trámite para solicitar la restitución del dinero deberá realizarse a través de la página de Internet de la AFIP. A su vez, el organismo se compromete a efectuar la devolución del dinero que será depositado en la cuenta bancaria del contribuyente dentro de los cinco días hábiles de iniciado el trámite. A este fin quien reclame la devolución deberá especificar el número de la Clave Única Bancaria (CBU).

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Vence plazo AFIP

El día jueves 31 de enero de 2008 vence plazo para utilizar los servicios informáticos habilitados por la AFIP para las personas jurídicas cuyo CUIT terminen con el digito verificador 8 ó 9. Para realizar cualquier tramite vía Internet deberán hacerlo a través de “Clave Fiscal” de un representante legal. La persona que ejerza la representación legal, deberá tener:

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AFIP, Cambio de aplicativo seguridad social

El día 18 de diciembre de 2007, la AFIP publico la resolución general Nº 2388/08, complementaria y modificadora de la resolución general Nº 712, relacionada al sistema de Integración de jubilaciones y pensiones, mediante la cual se aprueba la nueva versión del programa aplicativo “Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, versión 29” estableciendo que el mismo deberá utilizarse cuando se genere la declaración jurada del periodo enero de 2008 y siguientes.

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AFIP, Disminución en las deducciones, en ganancia 4ta. categoría por familiar a cargo

En las liquidaciones de las retenciones de ganancias cuarta categoría, las  deducciones por carga de familia que deben contemplar los empleadores a partir del mes de enero de 2008 se verán disminuidas. Sucede que el descuento en concepto de padres y suegros a cargo, queda casi sin efecto debido a que según la Ley para proceder a dicho descuento es necesario cumplir los siguientes conceptos:

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