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Trabajadoras de licencia por Maternidad-Sueldo: Pago directo del ANSeS

Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio. El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner […]

Los empleadores que tengan trabajadoras con Licencia de Maternidad o Licencia de Maternidad Down y además estén incorporados al Sistema de ANSeS, de Asignaciones familiares de pago directo, SUAF, a partir de los sueldos devengados de marzo de 2009 deben a través del nuevo aplicativo SICOSS, versión 32 que saco la  Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, informar la remuneración que le hubiera correspondido a la trabajadora de haber trabajado normalmente en su establecimiento, esto es para que ANSeS este enterado de cualquier modificación en el sueldo ya sea por algún aumento interno del empleador o aumento de convenio.

El empleador al realizar la presentación y pago de los aportes de la Seguridad Social, mediante el Formulario 931, debe poner los datos de la trabajadores y cargar la Situación de Revista prevista para cada caso:

  1. Situación de revista para la trabajadora con licencia maternidad “5”
  2. Situación de revista para la trabajadora con licencia Maternidad Down “11”

Como ANSeS liquida las Asignaciones a los 60 (sesenta) días posteriores al vencimiento tiene tiempo de pagar el sueldo notificado por la empresa con el aplicativo

1.584 comentarios en “Trabajadoras de licencia por Maternidad-Sueldo: Pago directo del ANSeS”

  1. Hola,
    Estoy con licencia por maternidad desde el 25/07 y mi bebe nacio el 07/08.
    Quisiera saber si toda trabajadora puede cobrar asignacion por hijo y nacimiento , o si hay excepciones. Cuando se deben empezar los tramites?.
    Muchas gracias

  2. Aumento no remunerativo-licencia por maternidad

    Estimados:

    El motivo de mi mail es para consultarles acerca de un aumento no remunerativo que ha habido en la empresa donde trabajo (pedido por el sindicato de los gastronomicos), y en este momento estoy de licencia por maternidad, por lo cual el sueldo me lo paga el ANSES; y nadie me sabe decir que quien me paga ese aumento ya que la empresa dice que ellos no lo tienen que pagar y el anses me dicen que me pagan el sueldo que yo declaro en el momento del tramite de maternidad. La empresa me ha pagado el aumento de 2 meses (junio- julio) retroactivo. Mi duda es que si yo tengo el derecho o no de cobrar dicho aumento en mi licencia tambien y quien es el que me lo debe pagar y como es el procedimiento????
    Es un tema que me tiene muy preocupada y nadie me ha sabido aclarar este tema.

    Espero su respuesta.
    Muchas gracias!

  3. soy empleadora y queria saber como es el pago de sueldo durante la licencia x maternidad. mi empleada esta incorporada al suaf y cobra su prenatal x este medio.
    muchas gracias

  4. hola queria consultarte como hace el calculo anses de la licencia por maternidad, porque mi mujer cobro mediante acreditacion en cuenta y al fijarme en la consulta de liquidacion de asignaciones familiares de la pagina de anses no consigo entender cual es el calculo que hacen. El monto informado por el empleador lo toman como anticipo asignacion por maternidad y concretamente no entiendo de donde sale el importe que le acreditaron en su caja de ahorro.

  5. Hola Graciela,
    Estaré cobrando mi asigancion x maternidad a partir del 15/octubre.
    Yo trabajo en relación de dependencia con sueldo fijo, pero he tenido un aumento de sueldo en agosto y tendré otro en septiembre.
    Quería saber: cual es el sueldo que considerará Anses para calcular el pago? el bruto del último sueldo, o un promedio de los últimos 3 o 5 meses? Hay algun reclamo que pueda hacer para cobrar el bruto de mi último sueldo, que incluye ambos aumentos?
    Gracias!
    Laura

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