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Deducciones de Donaciones en el Impuesto a las Ganancias

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a través de la resolución Nº 3.166/2011 estableció nuevas modalidades para realizar donaciones a entidades exentas en el Impuesto a las Ganancias,  a los efectos de que sean computables aprobó la versión 2.0 del programa aplicativo “Donaciones en Dinero y Especies Donantes y Donatarios” para que sean presentadas las respectivas Declaraciones Juradas informativas. La AFIP con la normativa aprobó el programa aplicativo versión 2.0 “Donaciones en Dinero y en especies Donantes y Donatarios” vigente a partir del día 3 de octubre de 2011 para confeccionar las DDJJ informativas. Estableciendo nuevas modalidades para realizar donaciones a entidades exentas en el impuesto a las ganancias. Debido a la gran cantidad de inquietudes planteadas y […]

La Administración Federal de los Ingresos Públicos, AFIP, a través de la resolución Nº 3.166/2011 estableció nuevas modalidades para realizar donaciones a entidades exentas en el Impuesto a las Ganancias,  a los efectos de que sean computables aprobó la versión 2.0 del programa aplicativo “Donaciones en Dinero y Especies Donantes y Donatarios” para que sean presentadas las respectivas Declaraciones Juradas informativas.

La AFIP con la normativa aprobó el programa aplicativo versión 2.0 “Donaciones en Dinero y en especies Donantes y Donatarios” vigente a partir del día 3 de octubre de 2011 para confeccionar las DDJJ informativas.

Estableciendo nuevas modalidades para realizar donaciones a entidades exentas en el impuesto a las ganancias.

Debido a la gran cantidad de inquietudes planteadas y para facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, es que consideró conveniente ampliar las modalidades a través de las cuales podrán efectuarse las donaciones en dinero a las instituciones exentas en el tributo.

Por lo cual, debió aprobar una nueva herramienta con la versión 2.0 del aplicativo “Donaciones en Dinero y Especies Donantes y Donatarios”, que se encuentra disponible en la página Web de la AFIP.

Las donaciones en dinero deberán realizarse, a nombre de los donatarios a través de:

  1. Depósito bancario.
  2. Giro o transferencia bancaria.
  3. Débito en cuenta a través de cajero automático.
  4. Débito directo en cuenta bancaria.
  5. Débito directo en cuenta de tarjeta de crédito.

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