Beneficiarios de la AUH y del Plan Mi Pieza

Inquilinas pueden cobrar los $360.000 del Plan Mi Pieza

El Ministerio de Desarrollo Social aclaró que las inquilinas pueden cobrar los $360.000 del Plan Mi Pieza para arreglar su vivienda.

El Ministerio de Desarrollo Social hizo una aclaración respecto al subsidio para mejoramiento de viviendas. Las inquilinas pueden cobrar el subsidio de $360.000 del Plan Mi Pieza. Sin embargo se recuerda que actualmente está cerrado el registro.

Luego de la suspensión de los Créditos Anses para la Asignación Universal por Hijo (AUH), el Gobierno lanzó nuevas medidas sociales. Una de ellas fue el Plan Mi Pieza.

Mediante la entrega de un subsidio no reembolsable, las titulares reparan y amplían su hogar. De esta forma se compensa el hecho de que no pueden acceder a un financiamiento para hacer estos arreglos.

El monto de subsidio es de $360.000 y su otorgamiento se hace mediante sorteos. La acreditación se hace en dos cuotas en una cuenta bancaria a nombre de la beneficiaria. El primer depósito se hace al cargar el CBU y el resto tras acreditar el avance de la obra.

Debido a las consultas, Desarrollo Social aclaró que no sólo pueden acceder al beneficio las propietarias. También se aplica a las inquilinas siempre y cuando cumplan con los requisitos.

Es decir, deben ser mujeres mayores de edad y tener un certificado de vivienda familiar. Este último lo otorga el Registro Nacional de Barrios Populares (Renabap).

Certificado de vivienda familiar del Plan Mi Pieza

El Renabap otorga el certificado de vivienda a familias que viven en barrios populares. Su otorgamiento es completamente gratuito y puede ser consultado en la página oficial de Mi Anses.

Los titulares del certificado de vivienda familiar pueden acreditar su domicilio ante organismos y empresas. Esto les permite tramitar servicios. También pueden sacar la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y el Código Único de Identificación Laboral (CUIL).

El certificado se otorga únicamente a habitantes de barrios populares. Éstos deben ser asentamientos previos al 31 de diciembre de 2018 ubicados en localidades con más de 2.000 habitantes.

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