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ANSES: Honorarios de abogados en Programa de Reparación Histórica

El miércoles pasado se sancionó la Ley de pago a jubilados. De la mano de esta normativa, desde el mes de septiembre de 2016, los adultos mayores tendrán la oportunidad de solicitar un reajuste de sus haberes y un pago retroactivo mediante www.anses.gov.ar. En caso de no haber comenzado un juicio, el pago de los honorarios del abogado por el Programa de Reparación Histórica estarán a cargo de ANSES. EL programa de Reparación Histórica con los jubilados y pensionados permitirá que los adultos mayores cobren un haber más justo de acuerdo a los aportes que hayan realizado a lo largo de su vida laboral como trabajadores en relación de dependencia. Con dicha normativa se aplicará un aumento de hasta el […]

El miércoles pasado se sancionó la Ley de pago a jubilados. De la mano de esta normativa, desde el mes de septiembre de 2016, los adultos mayores tendrán la oportunidad de solicitar un reajuste de sus haberes y un pago retroactivo mediante www.anses.gov.ar. En caso de no haber comenzado un juicio, el pago de los honorarios del abogado por el Programa de Reparación Histórica estarán a cargo de ANSES.

EL programa de Reparación Histórica con los jubilados y pensionados permitirá que los adultos mayores cobren un haber más justo de acuerdo a los aportes que hayan realizado a lo largo de su vida laboral como trabajadores en relación de dependencia. Con dicha normativa se aplicará un aumento de hasta el 45% en las jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), dado que sólo contempla los haberes nacionales y no los provinciales ni municipales.

Desde septiembre, la solicitud de un aumento de la jubilación y/o pensión por el Programa de Reparación Histórica deberá ser efectuada de la siguiente forma:

  • Ingresar en la dirección www.anses.gov.ar.
  • Presionar en el botón «Mi ANSES Trámites»; e indicar el número de CUIL o CUIT y la Clave de la Seguridad Social, la cual se puede generar por Internet siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.
  • Pulsar en «Programa de Reparación Histórica» y completar el formulario online con los datos solicitados. Será muy importante ingresar una dirección de e-mail válida dado que ésta será la única vía de contacto que se utilizará para enviar información relacionada sobre el trámite.

Una vez recibida la solicitud, el organismo previsional hará un análisis y, si corresponde, enviará un correo electrónico con el nuevo monto de la jubilación y el importe del pago retroactivo, en caso de que corresponda. Si el adulto mayor acepta la propuesta deberá acercarse a una delegación de ANSES con un abogado previsional para firmar el acuerdo.

Luego de ser homologado el acuerdo que impedirá al jubilado y/o pensionado hacer un juicio por reajuste de haberes en el futuro, se aplicará el nuevo haber y se pagará el 50% de pago retroactivo, el resto será pagado en cuotas trimestrales.

En caso de que no se haya iniciado un juicio contra el estado reclamando un reajuste de haberes, el monto de los honorarios de abogados en el Programa de Reparación Histórica será de 500 pesos y estará a cargo de ANSES. Si se iniciaron acciones legales, el pago estará a cargo del adulto mayor.

Cabe señalar que el pago retroactivo a jubilados y pensionados por la Reparación Histórica corresponde en los casos en los que se comenzaron acciones legales. En caso de tener sentencia firme, el monto será el determinado por el Juez. Si no se tiene sentencia, el organismo dirigido por Emilio Basavilbaso pagará hasta cuatro años de retroactividad.

En caso de que no se haya hecho juicio por reajuste de haberes no se paga un retroactivo pero el Estado asume el pago de los honorarios del abogado previsional y comienza a pagar el nuevo haber jubilatorio una vez que se homologue el acuerdo.

176 comentarios en “ANSES: Honorarios de abogados en Programa de Reparación Histórica”

  1. Yo nunca inicie juicio ya ise la clave de seguridad social ya actualize mis datos y me llego un mensaje q si soy alcanzado por la ley del programa de Reparación Historica y me pide q registre mi huella digital junto con mi abogado adonde tengo q hacerlo? Y después q seguiría?

  2. Los honorarios de los abogados, son si se gana el juicio, como el caso mio el juicio esta con SENTENCIA FIRME, teniendo en cuenta que el que gana no paga, es decir; el DEMANDANTE le fallan a favor, entiendo modestamente que el demandado al tener fallo en su contra debe abonarle al abogado. Por otro lado el ANSES es decir el demandado, no cumple con lo fallado por la JUSTICIA, por cuanto se produce oferta de ANSES y ellos, si uno no acepta sigue sin abonarle la SENTENCIA FIRME, que tiene 120 días, tengo entendido. Entra a jugar la presión que ejercerá el demandado para que cobre lo que ellos quieren y no lo estipulado por el fallo, digamos que esta relativamente dicha REPARACION HISTORICA, yo CREO QUE ES OTRO TÉRMINO ESO. A lo mejor me equivoco.

    1. Los honorarios del abogado SIEMPRE deben abonarse, sin importar si se «gana» o «pierde» el juicio, lo que no paga el que «gana» son las costas (gastos) del proceso.

  3. inicie actualizacion de haberes en el 2010, en la agencia Cruz del Eje, como perdieron el expte , hubo cambio de abogado , no se encontro el expte , y es como que todo empezo de nuevo desde el 2014. nunca tuve unenvio de resolucion, asi que el abogado me hizo enviar cartas documentos para validar el tramite-cual seria mi situacion , dado que no se ha iniciado juicio , y todavia todo esta en el Anses de Cordoba- tampoco deberia pagar al abogado creo- gracias

    1. Mercedes Saca la clave de la seguridad social y cuando pongan el programa en la pagina ingresa con tus datos y que te digan si te corresponde el ajuste, en caso positivo habla con tu abogado y si vos queres podes adherirte al acuerdo con ANSES, de ser así tenes que tener abogado para firmar la homologación. Los honorarios a tu abogado depende de lo hablado y firmado por vos

      http://www.econoblog.com.ar/24641/como-sacar-la-clave-de-la-seguridad-de-anses-por-internet-www-anses-gob-ar/

    1. Carmen, los honorarios para los jubilados que no hicieron juicio los va a pagar ANSES. En el caso de los que ya iniciaron acciones judiciales van a correra a cargo del jubilado, dado que es lo que él pactó con su abogado.

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