Reempadronamiento Obligatorio para los Controladores Fiscales
La Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP, mediante la Resolución General Nº 2.676 publicada en el Boletín Oficial el día 15 de septiembre de 2009 establece un Reempadronamiento Obligatorio con vencimiento el día 16 de octubre de 2009, para los Controladores Fiscales habilitados. El incumplimiento del reempadronamiento implicará la inhabilitación de los equipos instalados, a partir del 17/10/2009.
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